Estimadas/os Cros.;
A los Hijos de Pinochet, la Extrema Derecha que Hoy gobierna
Chile, los Miles de Prisioneras/os, torturadas/os Masacradas/os, quemadas/os y
Desaparecidos No les son Suficientes.
Hoy quieren agregar más victimas a la ya larga lista en su Sistemática
Represión.
No podemos permitir que esto suceda. Ante la magnitud de tan
criminal actitud, debemos realizar acciones pacificas y legales a todo nivel,
de denuncias del Gobierno Terrorista de Chile ante los Organismos de Derechos
Humanos de toda Europa y otras latitudes.
Cooperar y solidarizar sin fisuras en esta gran tarea de defender
a nuestros Compañeros.
No permitamos más Crímenes Fascistas. Eso está en nuestras manos. Unámonos
para nuestra defensa.
Continuaremos Informando sobre este nuevo acto de pretensión
criminal de la Dictadura Pinochetista que hoy gobierna Chile.
Siempre Adelante y venceremos.
Atte., Moisés Araya Estay.
Presidente
Asociación Europea de Trabajadores
Chilenos., AETCH.
Amberes, Bélgica.
DECLARACION PUBLICA ANTE LA PETICION DE
EXTRADICION A CHILE DESDE BELGICA DE MIGUEL ANGEL Peña MORENO
DECLARACION PUBLICA ANTE LA PETICION DE
EXTRADICION A CHILE DE MIGUEL ANGEL Peña MORENO
Hechos y
contexto histórico
Miguel se encuentra requerido por la
justicia chilena por vinculación en el atentado que costó la vida al senador de
Derecha: Jaime Guzmán. Esta acción fue perpetrada por el FPMR, en Abril de
1991, contra uno de los personajes claves de la dictadura y gestor principal de
la fraudulenta Constitución de 1980. Constitución sobre la cual el dictador
Augusto Pinochet erigió todo su poder y legitimidad institucional.
Jaime Guzmán fue admirador y amigo
incondicional de Augusto Pinochet e integrante de las milicias fascistas
« Patria y Libertad » durante el período presidencial de Salvador
Allende. Cabe mencionar que fue elegido Senador gracias a las distorsiones que
provoca el sistema binominal que él mismo diseñó durante el régimen militar y
que le valió ser electo por su circunscripción con 17% de votos, relegando a
Ricardo Lagos con 31% de votos.
Miguel pertenece a los sectores más
postergados de la sociedad chilena y como tal, desde muy temprano, conoció los
rigores económicos y represivos de la dictadura. Al igual que muchos jóvenes,
resistió la arbitrariedad del régimen y quiso aportar un aliento de esperanza,
justicia y libertad al conjunto de la sociedad chilena. Su compromiso con la
lucha anti-dictatorial le valió ser arrestado y torturado en 1984 por la CNI y
Carabineros y posteriormente, en 1986 por la DIPOLCAR. Ambos hechos constan en
los anales de la Vicaría de la Solidaridad. En la jornada de protesta del 11 de
Septiembre de 1986, fue herido de bala por agentes civiles de los aparatos de
seguridad (hecho que consta en los anales de Investigaciones de Chile).
El requerido fue sometido a proceso en el
año 2001 tras ser inculpado como una de las personas que facilitó el auto
utilizado para la perpetración de la acción. Miguel niega su participación en
esos hechos pues no se encontraba en Santiago en el momento de los hechos y al mismo
tiempo, denuncia el carácter poco riguroso de la investigación judicial que, en
su transcurso, ya ha inculpado a 3 personas por el mismo hecho: Oleas Gaona,
Alexis Soto y Rodrigo Rodríguez Otero. Al mismo tiempo se denuncia el carácter
inquisitivo del proceso del cual es objeto pues hasta el día de hoy, su abogado
defensor no ha tenido acceso a la totalidad del expediente y no se sabe con
exactitud cuales son las acusaciones oficiales que pesan sobre su persona. La
prensa chilena ha informado oficiosamente al respecto y esa es la información
que el requerido posee. Con fecha del 14 de diciembre, la Corte Suprema ha
aprobado la demanda de extradición, desde Bélgica hacia Chile que será cursada
en los próximos días.
Cuadro
jurídico -institucional interno
La Constitución de 1980 fue aprobada sin
que existieran las normas mínimas que garantizaran una verdadera expresión de
la soberanía popular. Efectivamente, las garantías individuales y el ejercicio
de los derechos políticos estaban afectados por la existencia de un régimen de
facto. Esta Norma Constitucional fijó el itinerario político y determinó el
curso de los acontecimientos una vez terminada la dictadura militar. Desde 1990
en adelante, la ilegítima Constitución Política de Pinochet ha sido la carta de
navegación de la institucionalidad, conservando su esencia autoritaria. No
obstante la realización de elecciones, sobre ella se sostiene un modelo
político excluyente fundado en un sistema electoral binominal que impide la
expresión democrática de la soberanía popular. Las modificaciones que ha habido
no alteran en nada la esencia antidemocrática de la Constitución que rige
actualmente en Chile.
La lista de las arbitrariedades de la
Justicia chilena es muy larga. Por eso nos remitiremos solamente a los últimos
hechos. Según el informe 2011 de Human Rights Watch, en Junio 2010, 292
ex-militares y colaboradores civiles fueron condenados por delitos tales
como : desaparición forzada, ejecución extrajudicial y torturas; en Agosto
2010, menos de un tercio de ellos cumplían penas pues la Corte Suprema ha
aplicado, recurrentemente, sus facultades discrecionales para reducir la
condena impuesta. Con fecha 29 de Septiembre 2011, el mismo Ministro en Visita,
que requiere hoy a Miguel Peña en Chile, Mario Carroza, rechazó el
procesamiento presentado por la familia de Salvador Allende contra el General
de la FACH Mario López Tobar que previamente había reconocido haber atacado el
Palacio Presidencial de la Moneda el 11 de Septiembre de 1973. Con fecha 29 de
Septiembre 2011, los 19 marinos acusados de la tortura y muerte, en Septiembre
de 1973, del Sacerdote Michael Woodward, en el buque Esmeralda, vienen de ser
sobreseídos por la Corte Suprema.
Es decir, por una parte, tenemos una
serie de militares y generales procesados y condenados por ejecuciones y
desapariciones, que no han pasado un sólo día en la cárcel o muy poco; y por
otro, tenemos la realidad de la llamada « prisión política » por la
cual han pasado cientos de militantes anti-dictatoriales, de la causa de los
derechos humanos, la justicia social, la democracia y los pueblos originarios.
La huelga de hambre ha sido el arma a la cual han debido recurrir los
prisioneros políticos para conquistar su libertad. El año 2005, 26 de ellos
recobraron su libertad tras 74 días de huelga de hambre. No obstante su
condición de civiles, ellos fueron juzgados por la justicia militar y fueron
condenados por la ley antiterrorista, instituida en 1984 bajo la dictadura de
Pinochet y actualmente vigente. Las condiciones infra-humanas de encarcelación
a las que fueron sometidos en nada se comparan con las condiciones doradas de
encarcelación, (en cárceles especiales para militares como Punta Peuco),
ofrecidas a los pocos militares y colaboradores civiles que han cumplido Peña en
prisión. Sin dejar de mencionar que los presos políticos fueron sometidos a
vejaciones y no gozaron de juicios imparciales, ni de una defensa jurídica
equitativa.
Un caso más reciente lo constituye el
caso de los jóvenes acusados de colocación de bombas y que, después de un año
de proceso y de encarcelación, lograron su libertad tras haber recurrido a la
huelga de hambre. Entre tanto la fiscalía ha intentado procesarlos por
asociación ilícita sin llegar a probar la existencia real de la red pues se
trata de una las causas más polémicas de los últimos años y que ha estado cruzada por
acusaciones de montaje e, incluso, ocultamiento de pruebas. De los 14 jóvenes
procesados, 9 de ellos fueron sobreseídos por falta de pruebas. La ilegalidad
de la mayoría de las pruebas de la Fiscalía ha sido fehacientemente demostrada
y por lo mismo, los parlamentarios Hugo Gutiérrez y Sergio Aguiló solicitaron
la renuncia, por participación en montaje, del ministro del Interior Rodrigo
Hinzpeter y el fiscal que instituyó el proceso de los jóvenes.
La Justicia chilena y el Derecho
Internacional
Durante estos últimos 20 años, los
informes de Organizaciones de Derechos Humanos han condenado, recurrentemente,
al Estado chileno por el carácter arbitrario y parcial de la Justicia, especialmente,
en casos connotados políticamente. Por su lado, el relator de Naciones Unidas y
la Corte Interamericana han recomendado implementar reformas para adaptar el
cuadro jurídico interno al orden jurídico internacional. Se denuncia la
aplicación indebida de la ley antiterrorista (heredada de la dictadura) que
criminaliza los movimientos sociales y de origen étnico que disienten de las
políticas del Estado.
Visto los pocos avances y la poca
voluntad del Estado Chileno, en Agosto 2011, la Corte Interamericana de
Derechos Humanos anunció que juzgará al Estado chileno por la aplicación de la
ley antiterrorista a mapuches y la continua puesta en aplicación de las
facultades que contiene dicha ley: uso de testigos sin rostro (anónimos,
pagados o amedrentados), uso de montajes por parte de la fiscalía y violación
del derecho de presunción de inocencia de toda persona señalada en un delito.
La directora del Instituto Nacional de
Derechos Humanos, Lorena Fríes ha señalado que la ley anti-terrorista “somete a
las personas juzgadas a una serie de perversiones jurídicas en términos de
garantías de un justo proceso”. Por otro lado, el mismo presidente de la Corte
Suprema, Milton Juica, ha manifestado críticas ante esta ley y sugiere su
modificación. Sin embargo, a mediano plazo no se esperan cambios mayores al
respecto.
La Justicia Internacional y el rechazo de
extradiciones
El marco jurídico institucional que
existe en Chile ha sido analizado por otros Estados en el contexto de
solicitudes de extradición, en las cuales el Estado de Chile ha requerido a
otros Estados la entrega de nacionales para ser juzgados por hechos de
connotación política. En todos los casos, las extradiciones no han sido
acogidas por los Estados requeridos y han tenido como fundamentación la inexistencia
de garantías procesales para los extraditables por la aplicación de la ley
antiterrorista, por las limitaciones y restricciones del derecho a defensa y
por la alta penalidad asignada.
Una prueba de ello es el asilo político
otorgado a Patricio Ortiz en Suiza (2005), a Claudio Molina en Argentina (2002)
y a Galvarino Apablaza en Argentina (2010). Todos ellos son ex-militantes del
FPMR y requeridos por la justicia chilena. Tras la detención en Argentina de
uno de los fundadores del FPMR, Galvarino Apablaza, quedó de manifiesto la
vinculación de ex-agentes pinochetistas con la Justicia Chilena. Apablaza fue
detenido sin que el trámite de su detención estuviera en conocimiento del
ejecutivo representado, en la época, por Michelle Bachelet.
Cabe mencionar que Galvarino Apablaza fue
requerido como autor intelectual del atentado a Jaime Guzmán. La misma causa
por la cual se requiere hoy a Miguel Ángel Peña Moreno. Comparativamente
hablando, es pertinente señalar que el hecho imputado al primero puede ser considerado
como un hecho mayor en comparación al hecho imputado al segundo. Sin embargo,
Apablaza obtuvo asilo político en Argentina, no obstante la importancia del
hecho imputado y su calidad indiscutible de fundador del FPMR. Lo que
constituye todo un precedente, si consideramos que el cuadro jurídico chileno,
cuanto a la imparcialidad de la Justicia, desde el año pasado hasta la fecha no
ha cambiado fundamentalmente.
En Chile no funciona el Estado de Derecho
La existencia de un sistema procesal
inquisitivo que justifica la aplicación de la ley antiterrorista y donde no se
resguardan las normas de un debido proceso, ni el derecho a defensa; nos hacen
afirmar que en Chile no existen condiciones para que Miguel tenga un proceso
equitativo.
Tememos entonces por su integridad física y moral. También tememos
que su detención, considerando la tónica de estos últimos años, sea utilizada
como moneda de cambio contra el perdón de los asesinos y torturadores de ayer.
Cabe mencionar que si Miguel es extraditado a Chile, será juzgado por el mismo
sistema inquisitivo puesto en marcha, durante la dictadura para reprimir al
pueblo chileno, por el propio Senador Jaime Guzmán y contra quién se perpetuó
la acción por la cual Miguel Peña es requerido hoy en Chile. Es decir, la
Justicia será juez y parte frente a alguien que se declara no culpable de los
hechos imputados.
Conclusión
En Bélgica, como en otros países
europeos, se ha generado, en el curso de estos años, un movimiento de
solidaridad por los Derechos Humanos y contra la impunidad compuesto
principalmente por resistentes anti-dictatoriales. Miguel ha sido parte activa
de dicho movimiento.
Podemos citar, por ejemplo, su implicación, como
participante directo en la huelga de hambre realizada en este país tras la detención
del dictador en Londres y donde se pedía la extradición de este último a España
para ser juzgado y condenado; lo que no ocurrió pues, finalmente, el
dictador fue enviado a Chile donde no fue juzgado ni condenado. El compromiso
político-social que Miguel asumió, en un contexto histórico determinado, puede
asemejarse al compromiso de los resistentes europeos ante la instauración de la
dictadura nazi. Sabiéndose perseguido y buscado por la justicia chilena, llegó
hace 13 años a Bélgica y solicitó asilo político. A pesar de todas las
limitantes de su estatuto precario ha desarrollado una vida familiar,
profesional y social normal y transparente en Bélgica.
Por todo lo anteriormente expuesto,
solicitamos a las autoridades competentes de entregar asilo político a
Miguel pues reconocemos en él a un resistente anti-dictatorial al igual
que los miles de exiliados políticos acogidos por Bélgica durante la dictadura
de Pinochet o las decenas de presos políticos, venidos a principios de los años
90, a los cuales Bélgica permitió de cambiar su Peña de encarcelación por el
extrañamiento, evitándoles de sufrir las vejaciones que la Justicia chilena ha
reservado a los luchadores anti-dictatoriales.
Solicitamos también a las amigos y
compañeros de las causas justas de estar atentos a la evolución de los hechos y
de acompañarle, solidariamente, durante este episodio.
¡NO A LA EXTRADICION DE MIGUEL PEÑA A CHILE!
¡REFUGIO POLITICO AHORA!
Bruselas, 15 Diciembre 2011
COMITE DE APOYO A MIGUEL ANGEL PEÑA MORENO