Repetimos una información
de 2009, con el fin de obtener nuevos datos sobre
estos dos compañeros y no olvidar su memoria.
La
actualizamos con informaciones de Memoria Viva.com.
Esperamos sus aportes a:
Nuevos datos de detenidos
desaparecidos MAPU
Fuente :mapuenlalucha.blogspot.com 18/09/2009
Categoría : Prensa
Hemos tomado conocimiento de que dos
compañeros campesinos de Chillán fueron militantes del MAPU hasta su
desaparición en octubre de 1973.
Se trata de Sergio Enrique Cádiz
Cortés y de Gilberto de la Cruz Pino Baeza.
El compañero Pino aparece en el Informe
Rettig sin militancia política conocida, y el compañero Cádiz como socialista,
no obstante hay testimonios de que eran mapucistas a la fecha del golpe y de
sus detenciones y desapariciones. Ambos eran trabajadores del mismo
asentamiento (Santa Rosa de Cato), fueron detenidos por primera vez por
septiembre u octubre de 1973, y por segunda vez el 22 de octubre de 1973 por
Carabineros de la Segunda Comisaría, a la que fueron llevados, desconociéndose
su paradero desde entonces. Sabemos que es difícil encontrar testigos de la
época, porque la directiva del PS fue muy golpeada: su secretario regional
Reinaldo Poseck y el alcalde de Chillán (PS) fueron muertos por los mismos días
y la dirección regional fue muy perseguida.
Solicitamos cooperación para conocer
mejor estos casos y lograr definir su militancia. De todas formas, debemos
reactivar la memoria de los mártires del pueblo. Cualquier dato agradecemos
hacer llegar a:
Pino Baeza Gilberto de la Cruz
Fuentes:
mapuenlalucha.blogspot.com
18/09/2009
htpps://memoriaviva.com
Detenidos Desaparecidos, Desaparecidos P
Pino Baeza Gilberto de la Cruz
Rut : 4.686.679-7
Lugar Nacimiento : Chillan
Actividad Política : Movimiento
de Acción Popular Unitaria (MAPU)
Relatos de Los Hechos
Fuente :Vicarìa de la Solidaridad
Categoría : Antecedentes del Caso
Rut : 131.994
de Chillán
F.Nacim. : 02-06-41, 32 años a la fecha de
detención.
Domicilio : Población Zañartu, calle 20 de
noviembre, casa 90, Chillán
E.Civil : Casado, 9 hijos (el menor de ellos
póstumo).
Actividad : Obrero Agrícola
C.Repres. : Dirigente Sindical Campesino, tesorero
del Asentamiento "Santa Rita" de Cato, Chillán. Sin militancia
política conocida
F.Detenc. : 22 de octubre de 1973
SITUACIÓN REPRESIVA
Gilberto de la Cruz Pino Baeza, casado, 9 hijos, obrero agrícola, dirigente
sindical, sin militancia política conocida, fue detenido el 22 de octubre de
1973 en momentos en que se encontraba realizando labores agrícolas en el
Asentamiento Santa Rita donde trabajaba. Hasta ese lugar llegó una patrulla de
Carabineros de la 2a. Comisaría de Chillán quienes lo arrestaron y lo llevaron
a ese recinto policial. Junto con él fueron detenidas otras tres personas del
sector, uno de ellos era Sergio Cádiz Cortés, quien también permanece en
calidad de detenido desaparecido.
Sus familiares realizaron gestiones de búsqueda del afectado en la 2a.
Comisaría, Regimiento y Cárcel Pública sin lograr ninguna información,
desconociéndose hasta hoy su paradero.
Cabe hacer presente que su nombre apareció en la nómina de 63 personas
"presumiblemente desaparecidas que fueron ubicadas en relaciones del
Instituto Médico Legal de Santiago" que fue dada a conocer por el delegado
del gobierno de Chile ante las Naciones Unidas, Sergio Diez, en noviembre de 1975.
En este listado, Gilberto Pino figura como fallecido el 22 de septiembre de
1973 a las 10:15 horas, vale decir, un mes antes de su detención.
Investigaciones posteriores acerca de esta nómina no lograron esclarecer su
origen ni los responsables de su elaboración, ni el grado de veracidad de la
información.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
Su cónyuge, Rosa Hortensia Parra Vásquez interpuso recurso de amparo en su
favor el 20 de diciembre de 1974, rol N°94.287 en la Corte de Apelaciones de
Chillán.
Solicitadas informaciones en la Cárcel de Chillán, el Alcaide señala que el
afectado no se encuentra detenido allí; por su parte, la 2a. Comisaría Chillán
informa que, revisados los libros de Guardia de esa unidad, Tenencia carretera
Ñuble y Retenes dependientes, se comprobó que el afectado no fue detenido por
personal de esa Comisaría ni antes ni después del 22 de octubre del año 1973.
Considerando estas dos informaciones, la Corte declaró sin lugar el recurso de
amparo el 3 de enero de 1975.
Por su parte, la cónyuge del otro detenido desaparecido en la misma fecha y en
circunstancias similares, Sergio Cádiz Cortés, presentó a su vez un recurso de
amparo ante la misma Corte el 7 de mayo de 1975 el que fue también rechazado,
pero en este caso la Corte ordenó remitir los antecedentes al Juzgado del
Crimen de Turno para continuar la investigación. Es así como el 14 de mayo de
1975 se inició la instrucción del sumario por presunta desgracia de ambos
detenidos, rol 41.718 en el 1er. Juzgado de Chillán.
En el transcurso de la investigación, se solicitó a los juzgados de Chillán y
localidades cercanas que informaran si los afectados habían sido detenidos o
procesados a contar del 22 de octubre de 1973, lo que fue respondido
negativamente; lo mismo ocurrió en el caso de los oficios enviados a la
Fiscalía Militar y Cárcel de Chillán.
Por su parte, el Prefecto, Coronel de Carabineros Guillermo Carrasco Acuña,
informó al Tribunal que Gilberto de la Cruz Pino Baeza fue arrestado el 22 de
octubre a las 19 hrs. en el camino a Cato a la altura del Km. 18, por haber
sido sorprendido en actitudes sospechosas y no haber dado explicaciones
satisfactorias. La detención la realizó una patrulla de Carabineros de la 2a.
Comisaría al mando del Teniente Patricio Jeldres, y fue dejado en libertad al
día siguiente a las 17:10 hrs. por no haber méritos en su contra.
Se envió citación al mencionado Teniente, pero la Comisaría informó que había
sido trasladado a la escuela de Carabineros en Santiago.
En cumplimiento de la orden de investigar, un funcionario de Investigaciones
acudió a la 2a. Comisaría de Carabineros donde fue informado que Sergio Cádiz y
Gilberto Pino fueron detenidos por sospechosos el 22 de octubre de 1973 a las
19 hrs. en el camino a Cato por una patrulla de Carabineros al mando del
Teniente Jeldres, y dejados en libertad el 23 de octubre a las 17:10 hrs.
El 20 de agosto se declaró cerrado el sumario y se sobreseyó temporalmente la
causa por no estar acreditado el delito, lo que fue aprobado por la Corte de
Apelaciones el 26 de agosto.
Se reinició la investigación a partir de una querella criminal interpuesta el 3
de octubre de 1979 por las esposas de ambos detenidos desaparecidos, la que se
acumuló a la causa 41.718 por presunta desgracia.
En esta nueva etapa de investigación de los hechos el Prefecto de Ñuble,
Coronel de Carabineros Enzo Claudio Meniconi Lorca informa que, revisada la
documentación correspondiente, no figura la detención de ninguno de los dos
afectados y que en esa fecha, octubre de 1973, no existía aún el Servicio de
Inteligencia en esa Unidad; con respecto al envío de la nómina del personal de
la 2a. Comisaría de la época, rechaza la solicitud por cuanto esa información
tiene "carácter de secreto".
El 21
de mayo de 1980, el juez, Luis Carrasco González, declaró el sobreseimiento
temporal de la causa por no resultar completamente justificada la perpetración
del delito. Esta resolución fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Chillán
el 29 de mayo.
A Punta Peuco fue enviado general (r)
de carabineros condenado por secuestro de 2 campesinos en 1973
Fuente :agenciadenoticias.org, 19 de Febrero
2014
Categoría : Prensa
Al penal de Punta Peuco fue llevado el general en
retiro de Carabineros, Patricio Jeldres Rodríguez, tras ser notificado de su
condena a 5 años y un día de presión por el secuestro calificado de Sergio
Cádiz y Gilberto Pino, ocurridos en el sector Cato, de la comuna de Chillán, el
22 de octubre de 1973.
Jeldres debía haberse presentado la semana pasada
ante el ministro de la Corte de Apelaciones de Chillán que investiga causas de
derechos humanos, Claudio Arias, para ser notificado del fallo emitido por la Corte
Suprema.
Sin embargo, como no compareció se emitió una orden
de arresto en su contra. Finalmente, Jeldres optó por entregarse y este lunes
se presentó ante los tribunales de Chillán, donde fue notificado de su condena.
Posteriormente y con custodia de Gendarmería, fue
trasladado hasta el penal de Punta Peuco, en la Región Metropolitana, donde
cumplirá su condena.
Las víctimas
Sergio Enrique Cádiz Cortés tenía 28 años, era
obrero agrícola, Secretario de la Federación de Sindicatos Campesinos “Isabel
Riquelme” y militante del Partido Socialista y Gilberto de la Cruz Pino
Baeza, tenía 32 años y era obrero agrícola.
El primero fue arrestado en su domicilio y el
segundo en su lugar de trabajo. Sus aprehensores fueron carabineros
pertenecientes a la 2da. Comisaría de Chillán. Ambos habían estado detenidos
previamente en esa Comisaría y en el Regimiento de Chillán y quedaron en
libertad con obligación de concurrir a firmar al Cuartel de Carabineros de
Cato. El arresto del 22 de octubre fue reconocido oficialmente por Carabineros,
pero se señaló que habían quedado en libertad al día siguiente. Sin embargo,
desde esa fecha no se ha vuelto a tener noticias de ellos.
En sentencia de primera instancia, el ministro para
causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Chillán, Claudio Arias
había absuelto a Jeldres Rodríguez, que entonces era teniente y estaba a cargo
de la patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaría que realizó las
detenciones.
Luego de la correspondiente apelación por la parte
querellante, la Corte de Apelaciones de Chillán revocó dicho fallo y condenó a
Patricio Jeldres a la pena única de 5 años de presidio en su grado máximo,
concediéndosele el beneficio de la libertad vigilada.
La abogada del Programa de Derechos Humanos, Patricia Parra recurrió de
casación ante la Corte Suprema, tribunal que finalmente revocó la resolución y
condenó a Jeldres la pena única de 5 años y un día, sin beneficios, por
tratarse de un delito de lesa humanidad, que no admite media prescripción.
Corte Suprema dictó sentencia
definitiva por secuestros de Sergio Cádiz Cortés y Gilberto Pino Baeza
Fuente :soychile.cl 10/01/2014
Categoría : Prensa
Patricio Jeldres Rodríguez fue condenado a una pena
de 5 años, sin beneficios, en su calidad de autor de los delitos de secuestro
calificado, mientras que el fisco deberá pagar $50 millones de indemnización a
cada uno de los 10 familiares demandantes.La Corte Suprema dictó sentencia
definitiva en el caso de los secuestros calificados de Sergio
Cádiz Cortés y Gilberto Pino Baeza, ocurridos a partir del 22 de octubre de
1973, en Chillán; en un fallo que
dice que "el presente ilícito fue efectuado, como es de público
conocimiento, en un contexto de violaciones a los derechos humanos graves,
masivas y sistemáticas".
Los ministros de la Segunda Sala Milton Juica, Hugo
Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Ricardo Blanco acogieron, en
fallo dividido, el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de
la Corte de Apelaciones de Chillán, determinando una pena de 5 años y un día de
presidio, sin beneficios, por tratarse de un crimen de lesa humanidad que no
admite la media prescripción, más la inhabilitación absoluta perpetua para
cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta
para profesiones titulares mientras dure la condena, además del pago de las
costas de la causa.
Se acogieron, además, las demandas de indemnización
de perjuicios en contra del Fisco y se lo condena al pago de 50 millones de
pesos a cada uno de los demandantes.
Cabe recordar que, de acuerdo al sitio Memoria Viva, el dirigente sindical Gilberto de la
Cruz Pino Baeza fue detenido por una patrulla de Carabineros de la Segunda
Comisaría de Chillán junto a Sergio Cádiz Cortés y otras dos personas del
sector, el 22 de octubre de 1973 en momentos en que se encontraba realizando
labores agrícolas en el Asentamiento Santa Rita.
La sentencia se adoptó con el voto en contra del ministro Domestch,
quien consideró que debía acogerse la media prescripción penal y mantener la
pena en 5 años de presidio con el beneficio de la libertad vigilada. Además,
estuvo por elevar el monto de la indemnización a $100 millones.
CS dicta sentencias en cuatro causas
de derechos humanos.(extracto)
Fuente :diarioconstitucional.cl 26/05/2016
Categoría : Prensa
La Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia
definitiva en cuatro procesos por violaciones a los derechos humanos, por
hechos ocurridos en Santiago, Valparaíso y Chillán.
Procesan a ex coronel de carabineros
por crímenes de tres campesinos en Ránquil en 1973
Fuente :RESUMEN.CL 16/05/2017
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para
causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de
Concepción, Carlos Aldana, sometió a proceso al ex coronel de carabineros
Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, en calidad de autor del delito de secuestro
calificado consumado de los hermanos Gustavo Efraín Domínguez Jara, de 27 años,
y Tomás Rogelio Domínguez Jara, de 23, y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, de
25 años de edad, ilícito cometido el 11 de octubre de 1973.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la
investigación se logró determinar que alrededor de las 16 horas del 11 de
octubre de 1973, una patrulla de carabineros de la Segunda Comisaría de
Chillán, al mando del entonces teniente Patricio Jeldres, todos armados con
metralletas y en tenida de combate, se dirigieron a la comuna de San Nicolás,
siendo esperados por carabineros del lugar y bajo las órdenes del teniente
Jeldres se dirigieron hasta el Asentamiento Campesino «Ránquil» -hoy fundo
Victoria- que trabajaba en el predio explotado por la CORA.
«(…) lugar en el que procedieron a detener a varios
de sus dirigentes, los que fueron torturados por varias horas -sumergiéndolos
en una pileta con agua, aplicándoles corriente y propinándoles golpes en el
cuerpo- todo en presencia de sus familias, incluidos menores de edad, para
luego, cuando ya atardecía, se llevaron a Gustavo Efraín y Tomás Rogelio
Domínguez Jara y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes hasta el ingreso del «Puente
El Ala» sobre el río 'uble, donde fueron vistos por última vez con vida, fecha
desde la cual se desconoce toda noticia de su paradero o destino», indicó la
resolución.
El magistrado Aldana Fuentes encabezó hoy – 15 de
mayo – una diligencia de reconstitución de escena del episodio del asentamiento
campesino «Ránquil»-San Nicolás (Rol 8-2017), en el que se produjo la
desaparición de los tres dirigentes campesinos.
«Ha sido importante, toda vez que los testigos han
recreado lo que han manifestado en sus declaraciones, las que se han
contrastado con los inmuebles y los otros antecedentes del sitio del suceso,
por lo que para el proceso tiene bastante relevancia lo que se ha hecho en esta
oportunidad», indicó.
Por otro lado, el ministro Aldana detalló que
mantendrá un activo trabajo en la provincia del 'uble, durante los meses de
mayo y junio de este año. «La próxima semana hay dos reconstituciones de escena
por dos causas distintas y, posteriormente, una tercera en otro proceso»,
concluyó.
El magistrado asumió en marzo pasado las causas por
investigaciones de violaciones a los derechos humanos de la Corte de
Apelaciones de Chillán, luego de la reasignación de procesos determinada por la
Corte Suprema.
Durante la lentísima tramitación de esta causa, en
noviembre de 2012 Jeldres Rodríguez fue beneficiado por la resolución del
ministro Claudio Arias de la Corte de Chillán que decidió sobreseer el caso del
secuestro y desaparición de estos tres campesinos; sin embargo, la Corte de
Apelaciones de Concepción ordenó reabrir el caso, que tramitado por el ministro
Arias no ha avanzado nada. Claudio Arias es uno de esos casos de fachos
redomados dedicados a proteger y beneficiar a criminales desde la testera de
poder que representa su papel de funcionarios judiciales.
A pesar de Arias, por condena de la Corte Suprema de enero de 2014,
Jeldres Rodríguez se encuentra, además, cumpliendo condena por el secuestro
calificado de los campesinos Sergio Enrique Cádiz Cortés y GILBERTO DE LA CRUZ
PINO BAEZA , dirigentes del asentamiento Santa Rita de la localidad de Cato, en
Chillán. En otros casos en que ha estado implicado este consumado criminal de
uniforme ha resultado impune, hasta ahora.
Cadiz Cortes Sergio Enrique
Fuente: Memoria Viva.com
https://memoriaviva.com/nuevaweb/detenidos-desaparecidos/desaparecidos-c/cadiz-cortes-sergio-enrique/
Detenidos
Desaparecidos, Desaparecidos C
Cadiz Cortes Sergio Enrique
Rut : 5.282.219-k
Fecha Detención : 22-10-1973
Lugar Detención : Chillán
Fecha Nacimiento : 20-05-1945
Lugar Nacimiento : Chillán
Actividad Política : Según
Informe Rettig, Partido Socialista (PS). Según fuentes propias del MAPU,
militante de este Movimiento – Partido.
Actividad : Obrero
agrícola
Estado Civil e Hijos : Casado,
1 hija póstuma
Nacionalidad : chilena
A esta Comisión no le resulta
verosímil la versión que los afectados hayan quedado en libertad al día
siguiente de sus arrestos toda vez que sus historias previas, detenciones y
hostigamientos permanentes, no les llevaron a ocultarse en esa ocasión; que con
posterioridad a su arresto no tomaron contacto con sus familias; no realizaron
gestiones ante organismos del Estado ni registran salida del país. En consecuencia
la Comisión se ha formado convicción que Sergio Cádiz y Gilberto Pino son
víctimas de violación de sus derechos humanos por agentes del Estado que les
hicieron desaparecer forzadamente.
(Informe Rettig)
(Extracto)
Fuente :Libro Memoria Histórica de
los Detenidos Desaparecidos de Nuble)
Categoría : Otra Información
Había nacido el 20 de mayo de 1945.
Nos conocimos donde yo trabajaba, hicimos grandes amigos y de ahí nació un
pololeo que duró 2 años y luego nos casamos el 23 de julio de 1973.
Nuestro matrimonio no alcanzo a durar 3 meses, unión de la cual nació su hija
Magali. Sergio era dirigente campesino en el Asentamiento campesino Santa
Rosa de Cato, además era dirigente provincial de Nuble. Era buen
compañero, alegre, divertido, bueno para las bromas, trabajador y empeñoso.
No había nadie que le tuviera mala
voluntad. Consecuente con todo lo que hacia, con mucha responsabilidad y sus
amigos y compañeros lo miraban con respeto y cariño.
Era muy ingenioso para las
"tallas", decía mil y una a la vez. Recuerdo que el capataz del fundo
Santa Rosa era re' paco con los trabajadores y los vigilaba de arriba
del caballo pero, cuando se cansaba se bajaba y ahí, Sergio aprovechaba de
ponerle un pedazo de teja debajo de la montura, de manera que cuando subía
(de nuevo el jinete), el caballo comenzaba a dar brincos hasta que lo
botaba.
Sergio solucionaba los problemas de
todos los campesinos, estaba presto a la hora que fuera para atenderlos, no
obstante había gente envidiosa por su manera de ser, pero
nadie estaba capacitado como él, porque aun cuando no
tenía estudios, poseía ese don innato de haber nacido con ese talento de
líder que bien sabia aprovechar en beneficio de nuestra comunidad, dado que en
ese tiempo había 200 trabajadores en el Asentamiento para mover
1.200 hectáreas de tierra.
Sergio tuvo muchas dificultades como
dirigente. En las noches siempre conversábamos y el me contaba que era muy
pesada su tarea porque muchos de sus compañeros se aprovechaban y pensaban que
el hecho de haber un gobierno como el del Compañero Allende, todo les iba a
caer del alto cielo y no hacían ningún esfuerzo por superarse, estando siempre
listos para criticar y desacreditar a todos los dirigentes y lo único que
perseguían era que su nivel de vida fuera mejor, ya hubiera sido para que sus
hijos estudiaran o, para que obtuvieran viviendas y más recursos para trabajar
la tierra mejorando así el nivel de vida.
La primera vez, lo detuvieron a los
pocos días del 11 de septiembre de 1973. Estuvo detenido 5 días en el
Regimiento. Le dieron la libertad condicional, debía ir a firmar cada 15
días. Ya no pudo volver a trabajar tranquilo, le seguían a todas partes,
incluso le disparaban para asustarlo.
Yo tenía tres meses de embarazo de
nuestro primer hijo, cuando, el 22 de octubre del mismo año,
aproximadamente a las 17,30 horas, carabineros de la 2a Comisaría de
Chillán lo sacaron violentamente de nuestra casa. Nunca más volví a verlo;
cuando se lo llevaban él me dijo que ya no nos veríamos mas, que cuidara de
nuestra hija que hoy tiene 20 años.
Lo busque
por todas partes, hasta dos dias antes de tener
a mi hija anduve preguntando por él, en Carabineros, en
investigaciones en el Regimiento. Después que nació mi hija, mis padres me
llevaron de vuelta a casa.
Durante. todos estos años he sufrido
mucho, recordándolo imaginando todo su sufrimiento. Sintiéndome impotente
y culpable de haber podido rescatarlo. . .
Sergio: Siempre tú estás presente en
nosotros, en tus compañeros que nunca han dejado de preguntar por
ti. ¿Se ha sabido algo, del Peneca? (porque asi te decían los que te
estimaban y no. perdemos la esperanza de encontrarte). Tu hija
que quiere conocerte, porqué le han dicho que se parece mucho a ti.
Trinidad Ramírez de Cádiz
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