miércoles, 13 de noviembre de 2013
RENUNCIA INSOLITA A LOS DERECHOS HUMANOS
ENAMA y la Renuncia al derecho a la Tierra Mapuche a
Cambio de un Bono Compensatorio.
RENUNCIA INSOLITA A LOS DERECHOS HUMANOS
Por Aucan Huilcaman Paillama
El día jueves 17 de octubre, se
presentó un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones en la ciudad de Temuco,
entre los recurridos se encuentra Andrés Molina Magofke, Intendente de la Región de la Araucanía , CorpAraucanía
y ENAMA, se recurrió en contra de Hugo Antonio Alcaman Riffo, Richard Fernando
Caifal y Pedro Cesar Cayuqueo este último también en calidad de representante
del periódico Azkintuwe y Mapuche Times. La razón fundamental del Recurso es
haberse concertados y haber concluido en un acuerdo entre los organismos
mencionados para hacer RENUNCIAR
A LOS MAPUCHE AL DERECHO A LA
TIERRA POR UN BONO COMPENSATORIO, cuyo propósito lo
trasmitieron directamente al presidente de la República Sebastián
Piñera mediante el Proyecto
Ley Araucanía.
Cabe recordar que en la primera reunión de éste grupo de personas de origen
Mapuche concertados en ENAMA, escribí un artículo y le denominé “viejos
y Desaprobados propósitos del Indigenismo”. Ese artículo tuvo por objeto
poner a disposición antecedentes de orden históricos y políticos sobre los
esfuerzos que han desplegados algunos gobiernos en América Latina y el Caribe,
con el objeto de hacer funcional a los Pueblos Indígenas al sistema de mercado
y del mismo modo allí anuncie los pasos del cual eventualmente transitarían los
integrantes de ENAMA, en vista que pocas veces un gobierno de turno se había
comprometido concentrar sus esfuerzos económicos a un grupo bien acotado, en
ese mismo artículo afirmaba que ningún gobierno trabajaría gratuitamente y las
consecuencias podrían resultar preocupante para el presente y el futuro del
Pueblo Mapuche.
Varias personas Mapuche son los que tomaron la iniciativa con el Recurso
de Protección e intentan de frenar a este grupo que convergen en ENAMA
entre los que recurren se encuentra Juan Mario Mila Mllalen, por la Asociación Mapuche
de la Comuna
de Loncoche; José Santos Millao Palacios y Miguel Segundo Catrilaf Millanao por
la organización ADMAPU; Víctor Fernando Marilao Mariqueo Lonko de la Comunidad Juan
Quintremil de Wichawe entre otros y el que escribe este artículo
por el Consejo de Todas las Tierras. Con el Recurso no se pretende que
los Tribunales determinen el derecho a la tierra de los Mapuche, sino,
manifestar de manera absoluta la desaprobación de la Ley Araucanía
e identificar a sus responsables.
Pocas veces había aparecido un grupo de personas Mapuche dispuestos a “Renunciar
al Derecho a la Tierra
por un Bono Compensatorio”, el asunto radica en que cuya iniciativa lo
presentan como una posición de la
Región en el Proyecto Ley Araucanía. Si este grupo se limitará a manifestar
que los integrantes de ENAMA, entre ellos Pedro Cayuqueo, Hugo Antonio Alcaman
y Richard Caifal a título personal están dispuestos a renunciar al derecho a la
tierra, no habría inconveniente alguno, pero su posición compromete a la
presente y futuras generaciones Mapuche sobre el derecho a la tierra.
¿Es nuevo que este grupo haya renunciado al derecho a la tierra?, sencillamente
no, Hugo Alcamán ya había renunciado al derecho a la tierra con antelación y
especialmente alrededor de la construcción al aeropuerto de Quepe en la IX región, sobre este hecho los
antecedentes sobran para cualquier lector y han sido aportado por las propias
comunidades Mapuche afectadas por el Aeropuerto de Quepe. En esta misma
dirección Pedro Cesar Cayuqueo en su periódico denominado Mapuche Times,
escribía un artículo haciendo notar las dificultades de la consultas con las
comunidades residente o vecinas del aeropuerto Quepe, pero terminaba destacando
que el actual aeropuerto de Maquewe resultaba pequeño para el crecimiento de la
región, bajo este argumento se llevó a cabo la Pacificación de la Araucanía , la
materialización de la línea férrea, Ruta 5 sur, Aeropuerto de Maquewe entre
otros. A partir de estos hechos y no únicamente del Proyecto Ley Araucanía se pone de manifiesto que no todos
los Mapuche están en los mismos propósitos e intereses políticos y económicos.
Renunciar al Derecho a la Tierra por un Bono Compensatorio, resulta inexplicable y a la vez
sencillamente estar dispuesto a despojarse de todos los derechos y asuntos que
se relacionan con la tierra, desde los aspecto materiales y los derechos
patrimoniales que se derivan, así como los derechos intangibles como es el
idioma, la espiritualidad, la medicina y la propia identidad, teniendo en
cuenta que en la cultura Mapuche la identidad individual, familiar y
colectiva se sustenta en el Tuwun y Kupalme determinado por el Ad-Moguen,
Nor Moguen y AdMapu. Pero también se renuncia a los Tratados/Parlamentos que
nos legaron nuestros sabios y valientes antepasados Mapuche, son pocos Pueblos
Indígenas en América Latina, excepto lo que se encuentran bajo la jurisdicción
estatal de Canadá y Estados Unidos, los que con orgullo pueden afirmar que los
actos efectuados por sus antepasados en las relaciones coloniales y los estados
nacionales, estaban basados en el principio de la autodeterminación, la
soberanía, la libertad y de su capacidad de celebrar acuerdos y contraer
obligaciones, por tanto, el derecho internacional, en el artículo 37 de la Declaración de
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, lo han reconocidos
y como tal, le han dado plena y absoluta vigencia, sin embargo, un grupo de
personas se toman la libertad de renunciar a ella, sobre un derecho que afecta
a la futura generación Mapuche.
Nadie se
podría haber imaginado que, a raíz de la muerte del matrimonio Luchsinger
Mackay, un grupo de persona de origen Mapuche terminaría planteando la Renuncia al Derecho a la
Tierra por un Bono Compensatorio. Fue de tal dimensión la muerte del
matrimonio que el presidente de la República Sebastián
Piñera el día 30 de enero 2013, con la participación de casi de la totalidad de
los parlamentarios de la región anunció formalmente que enviaría tres proyectos
de ley, uno de ellos y de manera exclusiva sería el Proyecto de Ley Araucanía.
Con el objeto de apaciguar los ánimos el ejecutivo realizo una seguidilla de
reuniones, el día 15 de marzo los Ministros de la Secretaria de la Presidencia y el
Ministerio de Desarrollo Social, se reunieron en la ciudad de Temuco y el día
02 de abril 2013, nuevamente los Ministros de la Secretaría de la Presidencia y el
Ministro de Desarrollo Social se reunieron en el Congreso Nacional en la ciudad
de Valparaíso, con los parlamentarios de la región y finalmente el día 11 de
julio más de un medio centenar de personas entregaron al presidente de la
República Sebastián Piñera, la propuesta Ley
Araucanía. Pero nadie habría pensado que la conclusión sería una “Ley
Especial que determine que los Jefes de Familias Mapuche que trabajen la
tierra, que esperan la entrega de tierras y que su familia se COMPROMETAN A
RENUNCIAR a la entrega de tierras por CONADI, a recibir un Bono Compensatorio
equivalente al valor de la tierra no recibida. Se estima beneficiar a unos
10.000 Jefes de Hogar a un costo aproximado de 2.000 millones de dólares”
El
asunto de tierras ha tenido muchas complejidades para su tratamiento y
reconocimiento como derecho y especialmente como derecho humano. En ese sentido
el derecho internacional aborda y cautelas algunas cuestiones de carácter
fundamentales sobre el asunto de tierra. Debo afirmar con toda la fuerza en mi
calidad de co-legislador del derecho internacional, convenido en la Declaración de
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Luego que dedicara
dos décadas de mi vida en el trabajo de la diplomacia indígena, del Lobby
Internacional de la incidencia acordamos el artículo 28.- “Los pueblos indígenas tienen
derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando
ello no sea posible, una indemnización justa y equitativa por las tierras, los
territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o
utilizado y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados
sin su consentimiento libre, previo e informado”.
Sobre
el artículo 28.- en ningún caso cabe la idea de un bono, sino, una
indemnización justa y equitativa. Lo que implica que una institución
propiamente indígena, o un sistema de gobierno que se haya dado los indígenas o
un Pueblo Indígena como titular de este derecho tendría el derecho de
establecer los estándares para la indemnización justa y equitativa, pero en
ningún caso, CorParaucanía, ni Fundación AITUE, ni un grupo como ENAMA, este
último nace al amparo y patrocinio de un gobierno, contraviniendo con sus actos
todos los principio de la autodeterminación.
Cabe la
indemnización, en la medida que las circunstancias impidan la restitución y la
reparación como primera medida. Pero en ningún caso un bono por la renuncia al
derecho a la tierra. Este propósito contenido en el Proyecto de Ley Araucanía
es completa y absolutamente contrario a todas las normas de derechos humanos de
última generación que los Pueblos Indígenas han alcanzado en la lucha
internacional.
Un proyecto con similares
características solo había tenido vigencia durante la dictadura militar del
general Augusto Pinochet, mediante el Decreto de Ley 2568 que establecía “al momento de dividirse las
tierras dejan de ser indígenas las tierras y sus ocupantes”. Cuya norma
jurídica es una de la causante de los reclamos de tierras en la actualidad, por
tanto, el Proyecto Ley Araucanía y sus conclusiones representa una amenaza al
derecho a la tierra del Pueblo Mapuche.
El Estado Chileno con la
aplicación de normas represivas, especialmente la Ley Antiterrorista
y la militarización ha desplegado sus esfuerzos para hacer renunciar a los
Mapuche en la lucha por la tierra y la autodeterminación y no necesita un
compromiso tan férreo de parte de ENAMA que, lamentablemente se han convertidos
en los parientes pobres de los Empresarios de la IX región, y como tales peregrinan por las
dependencias de los sectores privados y por cada gobierno de turno y con
seguridad se estarán preparando para presentarse en el gobierno venidero.
No causa mayor
preocupación que CorpAraucanía se proponga como meta política hacer Renunciar a
los Mapuche sobre el derecho a la
Tierra por un Bono, porque ellos todos los días están
realizando transacciones económicas sobre el patrimonio territorial que le
pertenece al Pueblo Mapuche, pero que fueron despojados de él y en este orden
el derecho internacional es muy claro la declaración de Naciones Unidas sobre
Derechos de los Pueblos Indígenas estipula “las tierras, territorios y
sus recursos que fueron tomado, confiscado y ocupado sin su consentimiento
previo, libre e informado”. Este
articulo lo convenimos y lo adoptamos como norma de derecho internacional,
porque los territorio de los Pueblos Indígenas fueron tomado, ocupado y
confiscado mediante actos coercitivos contrario al respeto a los derechos
humanos, y aquí cabe perfectamente los actos cometidos por la Pacificación de la Araucanía.
Derechamente tampoco
genera preocupación las intenciones del Intendente de la IX región Andrés Molina Magofke
en cuanto pretender que los Mapuche renuncien al derecho a la Tierra por un Bono
Compensatorio, sencillamente porque el Intendente es uno de los propietarios de
la Empresa Bosque
Cautín y esta empresa forestal tiene más que un centenar de reclamos de tierras
de parte de las comunidades Mapuche de la provincias de Malleco y Cautín.
Sinceramente faltaría espacio en este artículo para enumerar cada
reivindicación de tierra por parte de las comunidades Mapuche. A este respecto,
el senador Alberto Espina había anunciado en reiteradas oportunidades que el
gobierno de Sebastián Piñera efectuaría un acto de Estado de carácter singular,
restituyendo las tierras Mapuche que estaban reconocidas en los títulos de
Merced, pero que ahora estaban bajo el dominio de personas no Mapuche. Esta
valiosa iniciativa que proponía el Senador Alberto Espina fue mutilada por el
propio intendente de la IX
región, a raíz de los traslape de títulos de dominios que proviene de los
títulos de Merced con los predios de Bosque Cautín entre otras empresas
forestales.
El derecho a la tierra en el caso de los Pueblos
Indígenas, se le ha atribuido el carácter de inembargable, imprescriptible,
inalienable, por lo mismo, resulta completamente fuera lugar que un grupo de
personas de origen Mapuche, manifiesten todo lo contrario, porque no solo
renuncian al derecho la tierra, sino, a los derechos humamos y a partir de esta
manifestación quebrantan toda la lucha que se ha mantenido de parte de los
valientes, sabios y heroicos Mapuche.
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