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sábado, 11 de enero de 2025

Solicitamos nuevas informaciones sobre Gilberto de la Cruz Pino Baeza y Sergio Cádiz Cortés

 

Repetimos una información de 2009, con el fin de obtener nuevos datos sobre estos dos compañeros y no olvidar su memoria.

La actualizamos con informaciones de Memoria Viva.com.

Esperamos sus aportes a:

mapusantiago@gmail.com. 

 

 

Nuevos datos de detenidos desaparecidos MAPU

Fuente :mapuenlalucha.blogspot.com 18/09/2009

Categoría : Prensa

Hemos tomado conocimiento de que dos compañeros campesinos de Chillán fueron militantes del MAPU hasta su desaparición en octubre de 1973. 

Se trata de Sergio Enrique Cádiz Cortés y de Gilberto de la Cruz Pino Baeza. 

El compañero Pino aparece en el Informe Rettig sin militancia política conocida, y el compañero Cádiz como socialista, no obstante hay testimonios de que eran mapucistas a la fecha del golpe y de sus detenciones y desapariciones. Ambos eran trabajadores del mismo asentamiento (Santa Rosa de Cato), fueron detenidos por primera vez por septiembre u octubre de 1973, y por segunda vez el 22 de octubre de 1973 por Carabineros de la Segunda Comisaría, a la que fueron llevados, desconociéndose su paradero desde entonces. Sabemos que es difícil encontrar testigos de la época, porque la directiva del PS fue muy golpeada: su secretario regional Reinaldo Poseck y el alcalde de Chillán (PS) fueron muertos por los mismos días y la dirección regional fue muy perseguida.

Solicitamos cooperación para conocer mejor estos casos y lograr definir su militancia. De todas formas, debemos reactivar la memoria de los mártires del pueblo. Cualquier dato agradecemos hacer llegar a:

mapusantiago@gmail.com. 

 

 

Pino Baeza Gilberto de la Cruz

Fuentes:

mapuenlalucha.blogspot.com 18/09/2009

htpps://memoriaviva.com

Home

Detenidos Desaparecidos, Desaparecidos P






Pino Baeza Gilberto de la Cruz

Rut : 4.686.679-7


Fecha Detención : 22-10-1973
Lugar Detención : Chillán


Fecha Nacimiento : 21-06-1941 Edad : 32

Lugar Nacimiento : Chillan

Actividad Política : Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU)


Actividad : Obrero agrícola



Estado Civil e Hijos : Casado, 9 hijos


Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 131.994 de Chillán

F.Nacim. : 02-06-41, 32 años a la fecha de detención.

Domicilio : Población Zañartu, calle 20 de noviembre, casa 90, Chillán

E.Civil  : Casado, 9 hijos (el menor de ellos póstumo).

Actividad : Obrero Agrícola

C.Repres. : Dirigente Sindical Campesino, tesorero del Asentamiento "Santa Rita" de Cato, Chillán. Sin militancia política conocida

F.Detenc. : 22 de octubre de 1973

SITUACIÓN REPRESIVA

 

            Gilberto de la Cruz Pino Baeza, casado, 9 hijos, obrero agrícola, dirigente sindical, sin militancia política conocida, fue detenido el 22 de octubre de 1973 en momentos en que se encontraba realizando labores agrícolas en el Asentamiento Santa Rita donde trabajaba. Hasta ese lugar llegó una patrulla de Carabineros de la 2a. Comisaría de Chillán quienes lo arrestaron y lo llevaron a ese recinto policial. Junto con él fueron detenidas otras tres personas del sector, uno de ellos era Sergio Cádiz Cortés, quien también permanece en calidad de detenido desaparecido.

            Sus familiares realizaron gestiones de búsqueda del afectado en la 2a. Comisaría, Regimiento y Cárcel Pública sin lograr ninguna información, desconociéndose hasta hoy su paradero.

            Cabe hacer presente que su nombre apareció en la nómina de 63 personas "presumiblemente desaparecidas que fueron ubicadas en relaciones del Instituto Médico Legal de Santiago" que fue dada a conocer por el delegado del gobierno de Chile ante las Naciones Unidas, Sergio Diez, en noviembre de 1975. En este listado, Gilberto Pino figura como fallecido el 22 de septiembre de 1973 a las 10:15 horas, vale decir, un mes antes de su detención. Investigaciones posteriores acerca de esta nómina no lograron esclarecer su origen ni los responsables de su elaboración, ni el grado de veracidad de la información.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

 

            Su cónyuge, Rosa Hortensia Parra Vásquez interpuso recurso de amparo en su favor el 20 de diciembre de 1974, rol N°94.287 en la Corte de Apelaciones de Chillán.

            Solicitadas informaciones en la Cárcel de Chillán, el Alcaide señala que el afectado no se encuentra detenido allí; por su parte, la 2a. Comisaría Chillán informa que, revisados los libros de Guardia de esa unidad, Tenencia carretera Ñuble y Retenes dependientes, se comprobó que el afectado no fue detenido por personal de esa Comisaría ni antes ni después del 22 de octubre del año 1973.

            Considerando estas dos informaciones, la Corte declaró sin lugar el recurso de amparo el 3 de enero de 1975.

            Por su parte, la cónyuge del otro detenido desaparecido en la misma fecha y en circunstancias similares, Sergio Cádiz Cortés, presentó a su vez un recurso de amparo ante la misma Corte el 7 de mayo de 1975 el que fue también rechazado, pero en este caso la Corte ordenó remitir los antecedentes al Juzgado del Crimen de Turno para continuar la investigación. Es así como el 14 de mayo de 1975 se inició la instrucción del sumario por presunta desgracia de ambos detenidos, rol 41.718 en el 1er. Juzgado de Chillán.

            En el transcurso de la investigación, se solicitó a los juzgados de Chillán y localidades cercanas que informaran si los afectados habían sido detenidos o procesados a contar del 22 de octubre de 1973, lo que fue respondido negativamente; lo mismo ocurrió en el caso de los oficios enviados a la Fiscalía Militar y Cárcel de Chillán.

            Por su parte, el Prefecto, Coronel de Carabineros Guillermo Carrasco Acuña, informó al Tribunal que Gilberto de la Cruz Pino Baeza fue arrestado el 22 de octubre a las 19 hrs. en el camino a Cato a la altura del Km. 18, por haber sido sorprendido en actitudes sospechosas y no haber dado explicaciones satisfactorias. La detención la realizó una patrulla de Carabineros de la 2a. Comisaría al mando del Teniente Patricio Jeldres, y fue dejado en libertad al día siguiente a las 17:10 hrs. por no haber méritos en su contra.

            Se envió citación al mencionado Teniente, pero la Comisaría informó que había sido trasladado a la escuela de Carabineros en Santiago.

            En cumplimiento de la orden de investigar, un funcionario de Investigaciones acudió a la 2a. Comisaría de Carabineros donde fue informado que Sergio Cádiz y Gilberto Pino fueron detenidos por sospechosos el 22 de octubre de 1973 a las 19 hrs. en el camino a Cato por una patrulla de Carabineros al mando del Teniente Jeldres, y dejados en libertad el 23 de octubre a las 17:10 hrs.

            El 20 de agosto se declaró cerrado el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa por no estar acreditado el delito, lo que fue aprobado por la Corte de Apelaciones el 26 de agosto.

            Se reinició la investigación a partir de una querella criminal interpuesta el 3 de octubre de 1979 por las esposas de ambos detenidos desaparecidos, la que se acumuló a la causa 41.718 por presunta desgracia.

            En esta nueva etapa de investigación de los hechos el Prefecto de Ñuble, Coronel de Carabineros Enzo Claudio Meniconi Lorca informa que, revisada la documentación correspondiente, no figura la detención de ninguno de los dos afectados y que en esa fecha, octubre de 1973, no existía aún el Servicio de Inteligencia en esa Unidad; con respecto al envío de la nómina del personal de la 2a. Comisaría de la época, rechaza la solicitud por cuanto esa información tiene "carácter de secreto".

            El 21 de mayo de 1980, el juez, Luis Carrasco González, declaró el sobreseimiento temporal de la causa por no resultar completamente justificada la perpetración del delito. Esta resolución fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Chillán el 29 de mayo.


A Punta Peuco fue enviado general (r) de carabineros condenado por secuestro de 2 campesinos en 1973

Fuente :agenciadenoticias.org, 19 de Febrero 2014

Categoría : Prensa

Al penal de Punta Peuco fue llevado el general en retiro de Carabineros, Patricio Jeldres Rodríguez, tras ser notificado de su condena a 5 años y un día de presión por el secuestro calificado de Sergio Cádiz y Gilberto Pino, ocurridos en el sector Cato, de la comuna de Chillán, el 22 de octubre de 1973.

Jeldres debía haberse presentado la semana pasada ante el ministro de la Corte de Apelaciones de Chillán que investiga causas de derechos humanos, Claudio Arias, para ser notificado del fallo emitido por la Corte Suprema.

Sin embargo, como no compareció se emitió una orden de arresto en su contra. Finalmente, Jeldres optó por entregarse y este lunes se presentó ante los tribunales de Chillán, donde fue notificado de su condena.

Posteriormente y con custodia de Gendarmería, fue trasladado hasta el penal de Punta Peuco, en la Región Metropolitana, donde cumplirá su condena.

Las víctimas

Sergio Enrique Cádiz Cortés tenía 28 años, era obrero agrícola, Secretario de la Federación de Sindicatos Campesinos “Isabel Riquelme” y militante del Partido Socialista y Gilberto de la Cruz Pino Baeza,  tenía 32 años y era obrero agrícola.

El primero fue arrestado en su domicilio y el segundo en su lugar de trabajo. Sus aprehensores fueron carabineros pertenecientes a la 2da. Comisaría de Chillán. Ambos habían estado detenidos previamente en esa Comisaría y en el Regimiento de Chillán y quedaron en libertad con obligación de concurrir a firmar al Cuartel de Carabineros de Cato. El arresto del 22 de octubre fue reconocido oficialmente por Carabineros, pero se señaló que habían quedado en libertad al día siguiente. Sin embargo, desde esa fecha no se ha vuelto a tener noticias de ellos.

En sentencia de primera instancia, el ministro para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Chillán, Claudio Arias había absuelto a Jeldres Rodríguez, que entonces era teniente y estaba a cargo de la patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaría que realizó las detenciones.

Luego de la correspondiente apelación por la parte querellante, la Corte de Apelaciones de Chillán revocó dicho fallo y condenó a Patricio Jeldres a la pena única de 5 años de presidio en su grado máximo, concediéndosele el beneficio de la libertad vigilada.

La abogada del Programa de Derechos Humanos, Patricia Parra recurrió de casación ante la Corte Suprema, tribunal que finalmente revocó la resolución y condenó a Jeldres la pena única de 5 años y un día, sin beneficios, por tratarse de un delito de lesa humanidad, que no admite media prescripción.


Corte Suprema dictó sentencia definitiva por secuestros de Sergio Cádiz Cortés y Gilberto Pino Baeza

Fuente :soychile.cl 10/01/2014

Categoría : Prensa

Patricio Jeldres Rodríguez fue condenado a una pena de 5 años, sin beneficios, en su calidad de autor de los delitos de secuestro calificado, mientras que el fisco deberá pagar $50 millones de indemnización a cada uno de los 10 familiares demandantes.La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en el caso de los secuestros calificados de Sergio Cádiz Cortés y Gilberto Pino Baeza, ocurridos a partir del 22 de octubre de 1973, en Chillán; en un fallo que dice que "el presente ilícito fue efectuado, como es de público conocimiento, en un contexto de violaciones a los derechos humanos graves, masivas y sistemáticas".

Los ministros de la Segunda Sala Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Ricardo Blanco acogieron, en fallo dividido, el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán, determinando una pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, por tratarse de un crimen de lesa humanidad que no admite la media prescripción, más la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, además del pago de las costas de la causa.

Se acogieron, además, las demandas de indemnización de perjuicios en contra del Fisco y se lo condena al pago de 50 millones de pesos a cada uno de los demandantes.

Cabe recordar que, de acuerdo al sitio Memoria Viva, el dirigente sindical Gilberto de la Cruz Pino Baeza fue detenido por una patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán junto a Sergio Cádiz Cortés y otras dos personas del sector, el 22 de octubre de 1973 en momentos en que se encontraba realizando labores agrícolas en el Asentamiento Santa Rita.

La sentencia se adoptó con el voto en contra del ministro Domestch, quien consideró que debía acogerse la media prescripción penal y mantener la pena en 5 años de presidio con el beneficio de la libertad vigilada. Además, estuvo por elevar el monto de la indemnización a $100 millones.


CS dicta sentencias en cuatro causas de derechos humanos.(extracto)

Fuente :diarioconstitucional.cl 26/05/2016

Categoría : Prensa

La Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva en cuatro procesos por violaciones a los derechos humanos, por hechos ocurridos en Santiago, Valparaíso y Chillán.

En el tercer fallo, la Sala Penal acogió el recurso de casación elevado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán que absolvió al oficial de Carabineros en retiro Patricio Jeldres Rodríguez de responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Luis Ibarra Durán, ilícito perpetrado en septiembre de 1973, en Chillán.
El máximo Tribunal decidió unificar la sanción por el homicidio de Ibarra Durán con la pena de 5 años y un día de presidio que cumple Jeldres Rodríguez como responsable de los secuestros calificados de Sergio Enrique Cádiz Cortés y Gilberto de la Cruz Pino Baeza, ocurridos en octubre de 1973, en Chillán. En la etapa de investigación, el ministro Arias logró determinar que "Luis Ibarra Durán, sin haber cometido delito alguno y sin orden de autoridad legalmente facultada para ello, fue privado ilegítimamente de su libertad por funcionarios de Carabineros de dotación de la 2ª Comisaría de Chillán, junto a miembros del Regimiento Reforzado N° 9 de esa ciudad, al mando del entonces Teniente Patricio Jeldres Rodríguez, siendo conducido hasta esa unidad policial donde fue recluido ilegalmente y torturado hasta que se pierde toda noticia de él.
En el aspecto civil, el fallo ratificó la sentencia que condenó al fisco a pagar $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la viuda de la víctima Rosa Ester Leal Carrasco; e igual monto a cada hija: Rosa Ester y Jacqueline Ibarra Leal.  (extracto)


Procesan a ex coronel de carabineros por crímenes de tres campesinos en Ránquil en 1973

Fuente :RESUMEN.CL 16/05/2017

Categoría : Prensa

 El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, sometió a proceso al ex coronel de carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, en calidad de autor del delito de secuestro calificado consumado de los hermanos Gustavo Efraín Domínguez Jara, de 27 años, y Tomás Rogelio Domínguez Jara, de 23, y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, de 25 años de edad, ilícito cometido el 11 de octubre de 1973.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación se logró determinar que alrededor de las 16 horas del 11 de octubre de 1973, una patrulla de carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán, al mando del entonces teniente Patricio Jeldres, todos armados con metralletas y en tenida de combate, se dirigieron a la comuna de San Nicolás, siendo esperados por carabineros del lugar y bajo las órdenes del teniente Jeldres se dirigieron hasta el Asentamiento Campesino «Ránquil» -hoy fundo Victoria- que trabajaba en el predio explotado por la CORA.

«(…) lugar en el que procedieron a detener a varios de sus dirigentes, los que fueron torturados por varias horas -sumergiéndolos en una pileta con agua, aplicándoles corriente y propinándoles golpes en el cuerpo- todo en presencia de sus familias, incluidos menores de edad, para luego, cuando ya atardecía, se llevaron a Gustavo Efraín y Tomás Rogelio Domínguez Jara y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes hasta el ingreso del «Puente El Ala» sobre el río 'uble, donde fueron vistos por última vez con vida, fecha desde la cual se desconoce toda noticia de su paradero o destino», indicó la resolución.

El magistrado Aldana Fuentes encabezó hoy – 15 de mayo – una diligencia de reconstitución de escena del episodio del asentamiento campesino «Ránquil»-San Nicolás (Rol 8-2017), en el que se produjo la desaparición de los tres dirigentes campesinos.

«Ha sido importante, toda vez que los testigos han recreado lo que han manifestado en sus declaraciones, las que se han contrastado con los inmuebles y los otros antecedentes del sitio del suceso, por lo que para el proceso tiene bastante relevancia lo que se ha hecho en esta oportunidad», indicó.

Por otro lado, el ministro Aldana detalló que mantendrá un activo trabajo en la provincia del 'uble, durante los meses de mayo y junio de este año. «La próxima semana hay dos reconstituciones de escena por dos causas distintas y, posteriormente, una tercera en otro proceso», concluyó.

El magistrado asumió en marzo pasado las causas por investigaciones de violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Chillán, luego de la reasignación de procesos determinada por la Corte Suprema.

Durante la lentísima tramitación de esta causa, en noviembre de 2012 Jeldres Rodríguez fue beneficiado por la resolución del ministro Claudio Arias de la Corte de Chillán que decidió sobreseer el caso del secuestro y desaparición de estos tres campesinos; sin embargo, la Corte de Apelaciones de Concepción ordenó reabrir el caso, que tramitado por el ministro Arias no ha avanzado nada. Claudio Arias es uno de esos casos de fachos redomados dedicados a proteger y beneficiar a criminales desde la testera de poder que representa su papel de funcionarios judiciales.

A pesar de Arias, por condena de la Corte Suprema de enero de 2014, Jeldres Rodríguez se encuentra, además, cumpliendo condena por el secuestro calificado de los campesinos Sergio Enrique Cádiz Cortés y GILBERTO DE LA CRUZ PINO BAEZA , dirigentes del asentamiento Santa Rita de la localidad de Cato, en Chillán. En otros casos en que ha estado implicado este consumado criminal de uniforme ha resultado impune, hasta ahora.

 

Cadiz Cortes Sergio Enrique

Fuente: Memoria Viva.com

https://memoriaviva.com/nuevaweb/detenidos-desaparecidos/desaparecidos-c/cadiz-cortes-sergio-enrique/

 

Home

Detenidos Desaparecidos, Desaparecidos C

Cadiz Cortes Sergio Enrique

Rut : 5.282.219-k

Fecha Detención : 22-10-1973

Lugar Detención : Chillán

Fecha Nacimiento : 20-05-1945

Lugar Nacimiento : Chillán

Actividad Política : Según Informe Rettig, Partido Socialista (PS). Según fuentes propias del MAPU, militante de este Movimiento – Partido.

Actividad : Obrero agrícola

Estado Civil e Hijos : Casado, 1 hija póstuma

Nacionalidad : chilena

 


El primero fue arrestado en su domicilio y el segundo en su lugar de trabajo. Sus aprehensores fueron carabineros pertenecientes a la 2da. Comisaría de Chillán. Ambos habían estado detenidos previamente en esa Comisaría y en el Regimiento de Chillán y quedaron en libertad con obligación de concurrir a firmar al Cuartel de Carabineros de Cato. El arresto del 22 de octubre fue reconocido oficialmente por Carabineros, pero se señaló que habían quedado en libertad al día siguiente. Sin embargo, desde esa fecha no se ha vuelto a tener noticias de ellos.

A esta Comisión no le resulta verosímil la versión que los afectados hayan quedado en libertad al día siguiente de sus arrestos toda vez que sus historias previas, detenciones y hostigamientos permanentes, no les llevaron a ocultarse en esa ocasión; que con posterioridad a su arresto no tomaron contacto con sus familias; no realizaron gestiones ante organismos del Estado ni registran salida del país. En consecuencia la Comisión se ha formado convicción que Sergio Cádiz y Gilberto Pino son víctimas de violación de sus derechos humanos por agentes del Estado que les hicieron desaparecer forzadamente.

(Informe Rettig)


(Extracto)

Fuente :Libro Memoria Histórica de los Detenidos  Desaparecidos de Nuble)

Categoría : Otra Información

Había nacido el 20 de mayo de 1945. Nos conocimos donde yo trabajaba, hicimos grandes amigos y de ahí nació un pololeo que duró 2 años y luego nos casamos el 23 de  julio de 1973. Nuestro matrimonio no alcanzo a durar 3 meses, unión de la cual nació su hija Magali. Sergio era dirigente campesino en el Asentamiento campesino Santa Rosa de Cato, además era dirigente provincial de Nuble. Era buen compañero, alegre, divertido, bueno para las bromas, trabajador y empeñoso.

No había nadie que le tuviera mala voluntad. Consecuente con todo lo que hacia, con mucha responsabilidad y sus amigos y compañeros lo miraban con respeto y cariño.

Era muy ingenioso para las "tallas", decía mil y una a la vez. Recuerdo que el capataz del fundo Santa Rosa era re' paco con los trabajadores y los vigilaba de arriba del caballo pero, cuando se cansaba se bajaba y ahí, Sergio aprovechaba de ponerle un pedazo de teja debajo de la montura, de manera que cuando subía (de nuevo el jinete), el caballo comenzaba a dar brincos hasta que lo botaba.

Sergio solucionaba los problemas de todos los campesinos, estaba presto a la hora que fuera para atenderlos, no obstante había gente envidiosa por su manera de ser, pero nadie  estaba capacitado como él, porque aun cuando no tenía estudios, poseía ese don innato de haber nacido con ese talento de líder que bien sabia aprovechar en beneficio de nuestra comunidad, dado que en ese tiempo había 200 trabajadores en el  Asentamiento para mover 1.200 hectáreas de tierra.

Sergio tuvo muchas dificultades como dirigente. En las noches siempre conversábamos y el me contaba que era muy pesada su tarea porque muchos de sus compañeros se aprovechaban y pensaban que el hecho de haber un gobierno como el del Compañero Allende, todo les iba a caer del alto cielo y no hacían ningún esfuerzo por superarse, estando siempre listos para criticar y desacreditar a todos los dirigentes y lo único que perseguían era que su nivel de vida fuera mejor, ya hubiera sido para que sus hijos estudiaran o, para que obtuvieran viviendas y más recursos para trabajar la tierra mejorando así el nivel de vida.

La primera vez, lo detuvieron a los pocos días del 11 de septiembre de 1973. Estuvo detenido 5 días en el Regimiento. Le dieron la libertad condicional, debía ir a firmar cada 15 días. Ya no pudo volver a trabajar tranquilo, le seguían a todas partes, incluso le disparaban para asustarlo.

Yo tenía tres meses de embarazo de nuestro primer hijo, cuando, el 22 de octubre del mismo año, aproximadamente a las 17,30 horas, carabineros de la 2a Comisaría de Chillán lo sacaron violentamente de nuestra casa. Nunca más volví a verlo; cuando se lo llevaban él me dijo que ya no nos veríamos mas, que cuidara de nuestra hija que hoy tiene 20 años.

Lo busque por todas partes, hasta dos dias antes de tener a mi hija anduve preguntando por él, en Carabineros, en investigaciones en el Regimiento. Después que nació mi hija, mis padres me llevaron de vuelta a casa.

Durante. todos estos años he sufrido mucho, recordándolo imaginando todo su sufrimiento. Sintiéndome impotente y culpable de haber podido rescatarlo. . .

Sergio: Siempre tú estás presente en nosotros, en tus compañeros que  nunca han dejado de preguntar por ti. ¿Se ha sabido algo, del Peneca? (porque asi te decían los que te estimaban y no. perdemos la esperanza de encontrarte). Tu hija que quiere conocerte, porqué le han dicho que se parece mucho a ti.

Trinidad Ramírez de Cádiz

 

#Gilberto_de_la_Cruz_Pino_Baeza

#Gilberto-Pino

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#MAPU

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domingo, 15 de octubre de 2017

Compañero Luis Valenzuela, ¡PRESENTE!

Lamentamos la partida de nuestro entrañable compañero LUIS VALENZUELA (QEPD). Fue miitante del MAPU en La Serena, participante en la organización de las y los trabajadores agrícolas, prisionero político en dictadura, sobreviviente de la Caravana de la Muerte.
Sus funerales se realizaron este domingo 15 en el Cementerio de Las Compañías, La Serena.
Luchito, seguimos levantando las banderas de Carlos Alcayaga, Jorge Vásquez, de los Maureira, de todas y quienes lucharon por el derecho a la Mapu - Tierra.



Mensaje a la familia de d. Luis Valenzuela Álvarez:

Querida Teresa, queridos Rodrigo y familiares de Luchito:

Nos unimos a su dolor y pesar por la partida del papá y hermano.
Tod@s hubiéramos querido tener por mucho más tiempo a nuestro compañero, que fue más que amigo, fue un hermano tanto en los momentos gloriosos como en los dolorosos que vivió nuestro pueblo, especialmente el campesinado de la Región de Coquimbo, desde los días de la Reforma Agraria y del “Coquimbazo” en que el proletariado agrícola, unido a las luchas obreras, demostró su valor e invencible convicción de que se tenía que refundar el país. Luis, como nosotr@s, creyó en el Chile Nuevo y estuvo dispuesto a dar la vida por defender los logros del gobierno de la Unidad Popular. Fue un leal combatiente, que sobrevivió a los crímenes de la dictadura cívico-militar, que vivió dura prisión y largos años de persecuciones.
Los gobiernos posteriores a la tiranía no supieron valorar y reconocer el aporte de las y los luchadores que entregaron sus vidas por ese Chile mejor con que soñamos.
Hay una deuda hacia el mundo obrero y campesino, de reconstruir la historia para que las nuevas generaciones sepan quienes dieron lo mejor de si mismos deseando dejar un futuro mejor a sus hij@s y niet@s. Para que puedan saber quienes se comprometieron a abrir alamedas de libertad y dignidad para las clases populares.
Pero los sueños siguen de pie, y este destacamento proletario manifiesta su determinación por aportar a la acción popular con que los pueblos y las y los trabajadores del campo y de la ciudad construiremos esa sociedad soñada, sin clases, sin desigualdades, sin injusticias.
Con fuerza, con dignidad, con cariño hacia nuestros pueblos y hacia las y los que hicieron esa historia, que es nuestra, seguimos en la lucha y rendimos homenaje a todas y todos quienes han dado lo mejor de sus vidas en pos de estos ideales.
Compañero Luis Valenzuela, presente.

Poa la Coordinación Política del MAPU,
Carlos Ruiz, Coordinador en campaña.
Kokimpu - Coquimbo, domingo 15 de octubre de 2017


MENSAJES RECIBIDOS EN FACEBOOK:


  1. Maria Alicia Baca Macazana Un solidario reconocimiento a la constante lucha del compañero.
  2. Maria Teresa Marquez Vilo Vuela alto compañero !!
  3. Cecilia Marchant R. Mis condolencias a la familia y al MAPU de La Serena
  4. Domingo Cadin MI MÁS SENTIDO PÉSAME A SU FAMILIA....
  5. Javier Esteban Oyarzun Ortiz Honor y gloria...
  6. Laura Echiburu MI PESAR POR LA PERDIDA DEL COMPAÑERO, MIS CONDOLENCIAS A SU FAMILIA
  7. Italo Arza Marchant Vuele alto compañero!!
  8. Juan Homero Villarroel Soto Reciba la familia nuestro pesar por la partida de nuestro compañero. Mapu de la región del Biobío.
  9. Enrique Alcayagazepeda Una gran pena su partida, un gran dirigente campesino, un compañero luchador, un MAPU siempre comprometido con su pueblo. Un abrazo al universo que lo acoge.
  10. Mario Alvarez Undurraga Dolor compartido con su familia y compañeros
  11. Donato Cisternas Mis condolencias A toda su familia y a todos los compañeros MAPU
  12. Yoko Salazar Que su familia, reciba. nuestras condolencias. Y QEPD, nuestro Compañero.
  13. Manuel Burgos Lagos Condolencias desde Victoria. Región de La Araucanía.
  14. Monica Pilquil Lizama " Bendiciones" y saludos Compañer@s del..MAPU
  15. Claudio Dominguez Mis condolencias a su familia y a los Compañeros...
  16. Juan Pablo Pino Salgado Nuestras condolencias para toda su familia y para la familia MAPU de la Serena.  Mucho newen. Ppino. Mapu - Comisión San Antonio
  17. Pedro Sandoval Sepúlveda Toda nuestra solidaridad con su familia y compañeros de lucha. PT de Chile.
  18. Guzman Antonio Núñez Núñez Todo el honor y la gloria para ese compañero.
  19. Guzmán Antonio Núñez Núñez Mis más sentidas condolencias a su familia carnal. Y su familia mapucistas. Mapu talca
  20. Marlinda Yolanda Alcayaga Zepeda Un gran dirigente del Campesinado, honor y gloria para Luis Valenzuela.
  21. Rubén Tapia Ramírez:



IMÁGENES DEL FUNERAL DEL COMPAÑERO LUIS VALENZUELA.
CEMENTERIO DE LAS COMPAÑÍAS


















Carlos Ruiz con Rodrigo Valenzuela, hermano de Luis y compañero de la misma causa


lunes, 13 de febrero de 2017

Gabriel Gonzalo VERGARA MUÑOZ: ¿Fue del MAPU?

Gabriel Gonzalo VERGARA MUÑOZ

Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, nacido el 10 de enero de 1951, en Villaseca, a 6 kilómetros de Ovalle, fue campesino, uno de los fundadores del Centro de Reforma Agraria Luis Emilio Recabarren y llegó a ser presidente del sindicato agrícola Ranquil, de Villaseca. Fue detenido el 12 de octubre de 1973 y asesinado por orden de la “Caravana de la Muerte” el 16 del mismo mes.

En el Informe Rettig fue individualizado como militante del MAPU. Sin embargo, el Comité Memoria MAPU, formado por ex-militantes, llegó a la conclusión de que Vergara nunca había militado en el MAPU sino que en el Partido Comunista, el cual lo reivindica y recuerda por medio de un festival que se realiza en Villaseca cada año.

No tenemos antecedentes para juzgar si Gabriel fue o no del MAPU. Las y los mapucistas, de todas formas lo recordamos y honramos en cada aniversario de su muerte, junto con todos los asesinados por la comitiva criminal, ya que entre ellos figura nuestro ejemplar militante y dirigente, Carlos Alcayaga Varela.

Podemos señalar que Vergara aparece como mapucista en todos los documentos oficiales, incluido el auto de procesamiento contra el tirano Pinochet. En ningún caso el Partido Comunista ni otras personas (salvo el propio comité de ex-mapucistas), han desmentido esta militancia.

Solicitamos la colaboración de quienes estuvieron ligados al proceso de reforma agraria y a la militancia en el MAPU a la fecha del golpe cívico-militar, para esclarecer si lo debemos incluir entre nuestros mártires.

Agradecemos enviar información a mapusantiago@gmail.com

Homenaje 16 de octubre de 2016


Gabriel Vergara Muñoz. Fuente: www.memoriaviva.com


Resumen del Informe Rettig:
- Gabriel Gonzalo VERGARA MUÑOZ, 22 años, campesino, militante del Movimiento de Acción Popular Unitario (MAPU). Fue detenido el 12 de octubre de l973 por efectivos de Carabineros de Ovalle; luego de permanecer dos días en la Comisaría de esa localidad, es trasladado al Regimiento «Arica» de La Serena. En ambos lugares permaneció incomunicado. Luego es trasladado a la Cárcel de La Serena.
Respecto de Hipólito Cortés Alvarez, Jorge Jordán, Gabriel Vergara, Oscar Cortés, se dijo que habían: «ocultado bajo tierra una gran cantidad de quince armas, abundante munición, explosivos, con la intención de atacar a Carabineros de Ovalle el día 17 de septiembre». Se señaló, además, que habían «participado como instructores de guerrillas en la zona».



El 16 de octubre de 1973 quince personas que permanecían prisioneras en la Cárcel de La Serena fueron fusiladas en el Regimiento «Arica», de esa ciudad:


- Oscar Gastón AEDO HERRERA, 23 años, técnico forestal, militante comunista. Fue detenido por Carabineros de la Comisaría de Salamanca el 6 de octubre. Permaneció incomunicado hasta el 12 de octubre, fecha en que es trasladado a la Cárcel de Illapel y desde allí conducido al Regimiento de La Serena, recinto al cual llega en la madrugada del 16 de octubre. 

- Carlos Enrique ALCAYAGA VARELA, 38 años, albañil, Secretario Regional de la Central Unica de Trabajadores (CUT), Gobernador de Vicuña y militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU). Fue detenido el l2 de septiembre por Carabineros de Vicuña y llevado a la Comisaría de esa ciudad, lugar desde el cual es trasladado a la Cárcel de La Serena.

- José Eduardo ARAYA GONZALEZ, 23 años, campesino, militante del Partido Comunista. Fue detenido en Salamanca y llevado a la Cárcel de esa localidad; al cabo de cuatro días es trasladado a la Cárcel de Illapel, lugar en el cual permanece hasta el l5 de octubre, fecha en que es conducido a la Cárcel de La Serena.

- Marcos Enrique BARRANTES ALCAYAGA, 26 años, supervisor en la Planta de Manufacturas de Neumáticos S.A. (MANESA), militante socialista. Fue detenido en su lugar de trabajo el 16 de septiembre por efectivos militares, conducido al Regimiento de La Serena y desde allí a la Cárcel local.

- Jorge Abel CONTRERAS GODOY, 31 años, campesino, sin militancia política conocida. Fue detenido por Carabineros, conducido a la Comisaría de Illapel y desde allí a La Serena. Permaneció incomunicado.

- Hipólito Pedro CORTES ALVAREZ, 43 años, obrero, funcionario municipal, dirigente del Sindicato de la Construcción y militante del Partido Comunista. Detenido en su lugar de trabajo por Carabineros de Ovalle, trasladado hasta la Comisaría de esa localidad y desde allí a la Cárcel de La Serena.

- Oscar Armando CORTES CORTES, 48 años, campesino, militante del Partido Comunista. El 22 de septiembre fue detenido en su domicilio por efectivos de Carabineros de Ovalle y llevado a la Comisaría. Posteriormente es trasladado a la Cárcel de La Serena.

- Víctor Fernando ESCOBAR ASTUDILLO, 22 años, técnico agrícola, funcionario de la Empresa de Comercio Agrícola (ECA) y Secretario Comunal del Partido Comunista. El 1º de octubre es detenido por Carabineros de Salamanca y conducido a la Subcomisaría de esa localidad. Trasladado a la Cárcel de Illapel y luego a la Cárcel de La Serena.

- Jorge Mario JORDAN DOMIC, 29 años, médico, militante del Partido Comunista. Se presentó a la Comisaría de Ovalle el 12 de septiembre luego de ser requerido por un bando. Estuvo detenido un día y luego permaneció bajo arresto domiciliario. El l6 de septiembre es detenido nuevamente y conducido al Regimiento de La Serena, desde allí es llevado a la Cárcel de la ciudad.

- Manuel Jachadur MARCARIAN JAMETT, 31 años, agricultor, militante del Partido Comunista. Detenido el 16 de septiembre, en Los Vilos, por efectivos de Carabineros. Fue conducido a la Cárcel de Illapel, Recinto en el cual permanece hasta el 18 de septiembre, fecha en que es trasladado a la Cárcel de La Serena.

- Jorge Ovidio OSORIO ZAMORA, 35 años, profesor universitario, militante socialista. Fue detenido por funcionarios de Investigaciones en las dependencias de MANESA el l7 de septiembre y conducido a la Cárcel de La Serena.

- Jorge Washington PEÑA HEN, 45 años, músico y profesor universitario. Militante socialista. Es detenido el l9 de septiembre por funcionarios de Carabineros de La Serena, trasladado a la Comisaría y luego a la Cárcel de esa ciudad, Recinto en el cual es visitado por su familia.

- Mario Alberto RAMIREZ SEPULVEDA, 44 años, profesor universitario, militante del Partido Socialista. Se presentó al Cuartel de Investigaciones de La Serena el 27 de septiembre luego de ser citado. Fue detenido e inmediatamente trasladado al Regimiento y luego a la Cárcel de esa ciudad. Su familia sólo pudo visitarlo en dos oportunidades. La mayoría del tiempo permaneció incomunicado.

- Roberto GUZMAN SANTA CRUZ, 35 años, abogado, asesor de la Compañía Minera Santa Fe y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). El l4 de septiembre se presenta voluntariamente al Retén de Incahuasi luego de informarse que había sido requerido por las autoridades de La Serena. Es detenido y desde allí conducido a la Cárcel de La Serena. Procesado por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado. En Consejo de Guerra del 27 de septiembre es condenado a la pena de presidio por 5 años. El 26 de junio de 1975, cuando ya había sido ejecutado, por decisión del Comandante en Jefe, se modificó la sentencia y su condena fue rebajada a 541 días. 

- Gabriel Gonzalo VERGARA MUÑOZ, 22 años, campesino, militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU). Fue detenido el 12 de octubre de l973 por efectivos de Carabineros de Ovalle; luego de permanecer dos días en la Comisaría de esa localidad, es trasladado al Regimiento «Arica» de La Serena. En ambos lugares permaneció incomunicado. Luego es trasladado a la Cárcel de La Serena.

La Jefatura de Plaza, a través de la Prensa, entregó un comunicado oficial en el cual señala:

«Se informa a la ciudadanía que hoy 16 de octubre a las 16:00 horas fueron ejecutadas las siguientes personas conforme a lo dispuesto por los Tribunales Militares en tiempos de Guerra...».

Respecto de Mario Ramírez, Jorge Peña, Marcos Barrantes, y Jorge Osorio, se dijo que: «habían participado en la adquisición y distribución de armas de fuego y en actividades de instrucción y organización paramilitar con fines de atentar contra las Fuerzas Armadas y Carabineros y de personas de la zona».

Respecto de Oscar Aedo Herrera, Víctor Escobar, José Araya y Jorge Contreras, se dijo que: «formaban parte de una agrupación terrorista que tenía planificado para el 17 de septiembre apoderarse del Cuartel de Carabineros de Salamanca, matar al personal y a los hijos de éstos mayores de 8 años, además de eliminar físicamente a un grupo de personas de la ciudad que alcanzaba un número de 30, cuya nómina no es del caso dar a conocer por razones obvias».

Respecto de Hipólito Cortés Alvarez, Jorge Jordán, Gabriel Vergara, Oscar Cortés, se dijo que habían: «ocultado bajo tierra una gran cantidad de quince armas, abundante munición, explosivos, con la intención de atacar a Carabineros de Ovalle el día 17 de septiembre». Se señaló, además, que habían «participado como instructores de guerrillas en la zona».

Respecto de Carlos Alcayaga, se señaló que había sido fusilado por: «sustraer explosivos a viva fuerza desde el polvorín de la mina Contador, en Vicuña, el día 11 de septiembre de 1973, explosivo que le fue encontrado oculto bajo tierra y listo para ser usado» y que «era Instructor de manejo de explosivos en una Escuela de Guerrilleros que funcionaba en Vicuña».

Respecto de Manuel Marcarian, se dijo que fue ejecutado por: «haberle encontrado explosivos para asaltar el Cuartel de la Subcomisaría de Los Vilos, haciendo caso omiso de los Bandos y de las advertencias hechas personalmente por Carabineros».

Respecto de Roberto Guzmán, se dijo que su ejecución fue: «por incitar a los mineros del Campamento de Desvío Norte y sus alrededores a apoderarse de los polvorines y oponer resistencia armada a la Junta de Gobierno».

Los cuerpos no fueron entregados a las familias para su sepultación.


La información oficial entregada por la autoridad militar de la zona, da cuenta de la celebración de un Consejo de Guerra el día 16 de Octubre el que habría dispuesto las condenas a muerte de los quince detenidos; y que el tribunal sentenciador habría «venido especialmente de Santiago”.

Esta Comisión acredita la presencia en la zona de una comitiva especial llegada desde Santiago, con facultades para revisar la situación de los detenidos del lugar. Se han recibido testimonios verosímiles acerca de las nóminas de los arrestados por las autoridades militares de dicha comitiva, y de la elección que éstas hicieron de las personas cuya situación debía ser revisada.

En relación a todas estas muertes la Comisión recibió abundantes y calificados testimonios concordantes en ciertos hechos: los 15 prisioneros individualizados precedentemente fueron ejecutados al margen de todo proceso legal por agentes del Estado. Avalan dicha convicción, los siguientes antecedentes:

- Testimonios verosímiles respecto de la secuencia en que se produjeron los hechos que condujeron a la muerte de los quince detenidos, ya que casi no medió tiempo entre la revisión de los casos y la ejecución, lo que hace imposible que en ese lapso se desarrolle un Consejo de Guerra ajustado a Derecho. 
- El hecho que, de haberse celebrado el supuesto Consejo de Guerra, no existió derecho a defensa de los acusados, toda vez que no hubo presencia de abogados ni posibilidad alguna de efectuar descargos. Incluso, Roberto Guzmán, según se señaló precedentemente, ya había sido condenado por un Consejo de Guerra a una pena de cinco años, la que fue rebajada en el año 1975 a 541 días. 
- Pese a los requerimientos e indagaciones reiteradas de la Comisión no pudo obtenerse copia de una sentencia judicial o de cualquier pieza procesal referida al juicio que habría sido realizado en contra de los quince ejecutados.

Por tanto y considerando que, los acusados carecieron de toda posibilidad de defensa; los cargos no aparecen acreditados en documento alguno a que esta Comisión haya tenido acceso. Esta Comisión se ha formado la convicción que las quince ejecuciones constituyen una violación de los derechos humanos atribuible a agentes del Estado.

Los cuerpos no fueron entregados a las familias para su sepultación.
La información oficial entregada por la autoridad militar de la zona, da cuenta de la celebración de un Consejo de Guerra el día 16 de Octubre el que habría dispuesto las condenas a muerte de los quince detenidos; y que el tribunal sentenciador habría “venido especialmente de Santiago”.
Esta Comisión acredita la presencia en la zona de una comitiva especial llegada desde Santiago, con facultades para revisar la situación de los detenidos del lugar. Se han recibido testimonios verosímiles acerca de las nóminas de los arrestados por las autoridades militares de dicha comitiva, y de la elección que éstas hicieron de las personas cuya situación debía ser revisada.
En relación a todas estas muertes la Comisión recibió abundantes y calificados testimonios concordantes en ciertos hechos: los quince prisioneros individualizados precedentemente fueron ejecutados al margen de todo proceso legal por agentes del Estado. Avalan dicha convicción, los siguientes antecedentes:
– Testimonios verosímiles respecto de la secuencia en que se produjeron los hechos que condujeron a la muerte de los quince detenidos, ya que casi no medió tiempo entre la revisión de los casos y la ejecución, lo que hace imposible que en ese lapso se desarrolle un Consejo de Guerra ajustado a Derecho.
– El hecho que, de haberse celebrado el supuesto Consejo de Guerra, no existió derecho a defensa de los acusados, toda vez que no hubo presencia de abogados ni posibilidad alguna de efectuar descargos. Incluso, Roberto Guzmán, según se señaló precedentemente, ya había sido condenado por un Consejo de Guerra a una pena de cinco años, la que fue rebajada en el año 1975 a 541 días.
Pese a los requerimientos e indagaciones reiteradas de la Comisión no pudo obtenerse copia de una sentencia judicial o de cualquier pieza procesal referida al juicio que habría sido realizado en contra de los quince ejecutados.
Por tanto y considerando que, los acusados carecieron de toda posibilidad de defensa; los cargos no aparecen acreditados en documento alguno a que esta Comisión haya tenido acceso. Esta Comisión se ha formado la convicción que las quince ejecuciones constituyen una violación de los derechos humanos atribuible a agentes del Estado.
Informe Rettig

Ejecutados Políticos de la región Coquimbo


Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz



Tenía 22 años al momento de su detención, soltero, sin hijos, campesino de la localidad de Villaseca.
Era presidente del sindicato campesino Ranquil y militante del MAPU, Movimiento de Acción Popular Unitaria. Fue detenido el 12 de octubre por efectivos de carabineros de Ovalle quienes lo recluyeron en la comisaria local. Permaneció allí incomunicado durante dos días.
El 14 de octubre fue trasladado al regimiento Arica de La Serena donde continuó su incomunicación hasta que lo enviaron a la cárcel de La Serena.
El 16 de octubre de 1973 fue enviado nuevamente al regimiento Arica de La Serena, donde fue asesinado por agentes del Estado.
Gabriel Vergara aparece sindicado como reemplazante del monitor de guerrilla, Hipólito Cortés durante sus ausencias.
Fue sobreseído el 20 de diciembre por encontrarse muerto. Es decir, sus mismos ejecutores lo encontraron inocente de todo cargo y hubiera sido dejado en libertad si no lo hubieran matado antes.
Sus restos descansan en el Cementerio de Ovalle, junto a tres de sus compañeros. Tienen una placa recordatoria que los sindica como hombres que perdieron su vida luchando por la Democracia.

especial para G80
“BARBECHO” UNA HISTORIA PARTICULAR DEL VALLE DEL LIMARÍ

Villaseca es una localidad rural situada a pocos kilómetros de Ovalle, la capital de la Provincia del Limarí. Su población actual no sobrepasa los 100 habitantes, los que viven en unas 30 casas, según el Sistema de información de recursos naturales (SIREN). Técnicamente es lo que se llama un caserío y su historia se remonta a fines del siglo XVIII.

http://i224.photobucket.com/albums/dd11/movimientog80/columnas/barbecho_zps31c086d3.jpgSobre este vecindario se ha publicado un libro hace pocos meses: “Barbecho. Historia de la organización social de Villaseca” y su autor es el joven antropólogo Galo Luna Penna, uno de los participantes en la Feria Internacional del Libro de Santiago - FILSA 2013 -como parte de la representación de la Región de Coquimbo.

“Barbecho” - auspiciado por la Junta de Vecinos Chile Nuevo de Villaseca con financiamiento del Gobierno Regional - es el tipo de obra literaria que toda comunidad organizada y con historia desearía tener. Es una especie de vitrina que muestra en síntesis (poco más de 100 páginas) la historia de este pueblo campesino, su génesis, su desarrollo, sus luchas, sus tragedias y su actualidad.

En la Villaseca del Limarí -porque existe otra en el Valle del Elqui- descrita por Luna, tenemos la posibilidad de estudiar una micro realidad como si la observásemos con una lupa, pero al mismo tiempo es como si echásemos una ojeada a una macro realidad, más compleja pero no totalmente distinta.

“Las primeras muestras del nacimiento de la organización social en Villaseca aparecen en los años 40, con la reconocida fiesta de la primavera que se organizó en el pueblo”, sostiene el autor y precisa que aunque no fue un hecho político probó la capacidad de organización de los vecinos.

En 1951 los vecinos pudieron reconstruir la Iglesia del pueblo (afectada por un terremoto en 1943) y en esa década la organización social se limitaba a un club deportivo. A fines de los 50 llega a la zona el empresario Guillermo Prohens quien invierte en la producción de uva y genera un “cambio radical” en la actividad productiva local.

En la voz de uno de los villasecanos antes de la llegada de Prohens, “era un pueblo con pobreza, como un pueblo fantasma, y cuando se vienen los trabajadores para acá, esto toma vida…”

A fines los años 60 -con una reforma agraria a nivel nacional- se funda el Sindicato Norte Chico que agrupa a trabajadores de Villaseca, de Cerrillos de Tamaya y de otras localidades de Ovalle. “…eran 21 comités y llegamos a tener antes del golpe (de Estado de 1973) más de mil socios, cada comité tenía su propia directiva. Todos los presidentes de los comités eran legales y tenían fuero…”, relata uno de los fundadores y luego presidente de la entidad.

La organización social del poblado aumentó con la elección Salvador Allende como Presidente de la República en 1970, surge la Junta de Vecinos Chile Nuevo de Villaseca, así como también se crea un Baile religioso. Pero el salto cualitativo se da en 1972 cuando con acuerdo del empresario el Gobierno expropia el fundo a Prohens, quien se quedó con sus 80 hectáreas básicas y fue indemnizado por el resto. Esta expropiación era parte de un plan que implicaba la creación de Centros productivos, en este caso, como hacienda estatal.

La buena relación entre los trabajadores a cargo del Centro productivo estatal y el empresario permitió que en ambos terrenos se produjera uva y alcohol. “Esta relación que llegamos a tener fue algo increíble, nunca lo pensé”, relata uno de los trabajadores de la época.

Tal experiencia productiva en un pequeño centro agroindustrial en la provincia, era una expresión de lo que Allende llamaba la Revolución “con empanadas y vino tinto”, pero como se sabe no tuvo un buen final. Con el golpe militar se cerró, se expropió las casas a los trabajadores, se parceló la propiedad agrícola.

“Los militares se encargaron de eliminar todo rastro del gobierno de Salvador Allende”, señala Luna y añade que en Villaseca los principales dirigentes fueron arrestados. Fue asesinado el presidente del Sindicato Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, el 16 de octubre de 1973, producto del paso de la caravana de la muerte. El villasecano era uno de los menores (tenía 22 años) entre los 15 fusilados en el entonces Regimiento Arica.

“Barbecho” da cuenta de la historia de este pueblo, muy poco conocido fuera del Limarí, y concluye con la reorganización del tejido social en el poblado, con nuevas entidades como el Comité de regantes, el Sindicato de regantes, el Sindicato de exonerados y la Unión comunal de juntas de vecinos rurales, entre otras.

Este libro es un buen ejemplo de valoración de la historia de una comunidad específica y puede servir a otros autores como inspiración para narrar la historia de tantos otros pueblos de nuestro país.

Gabriel Canihuante