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miércoles, 13 de noviembre de 2013

RENUNCIA INSOLITA A LOS DERECHOS HUMANOS

ENAMA y la  Renuncia al derecho a la Tierra Mapuche a Cambio de un Bono Compensatorio.

RENUNCIA INSOLITA A LOS DERECHOS HUMANOS

Por Aucan Huilcaman Paillama

El día jueves 17 de octubre, se presentó un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones en la ciudad de Temuco, entre los recurridos se encuentra Andrés Molina Magofke, Intendente de la Región de la Araucanía, CorpAraucanía y ENAMA, se recurrió en contra de Hugo Antonio Alcaman Riffo, Richard Fernando Caifal y Pedro Cesar Cayuqueo este último también en calidad de representante del periódico Azkintuwe y Mapuche Times. La razón fundamental del Recurso es haberse concertados y haber concluido en un acuerdo entre los organismos mencionados para hacer RENUNCIAR A LOS MAPUCHE AL DERECHO A LA TIERRA POR UN BONO COMPENSATORIO, cuyo propósito lo trasmitieron directamente al presidente de la República Sebastián Piñera mediante el Proyecto Ley Araucanía.
          Cabe recordar que en la primera reunión de éste grupo de personas de origen Mapuche concertados en ENAMA, escribí un artículo y le denominé “viejos y Desaprobados propósitos del Indigenismo”. Ese artículo tuvo por objeto poner a disposición antecedentes de orden históricos y políticos sobre los esfuerzos que han desplegados algunos gobiernos en América Latina y el Caribe, con el objeto de hacer funcional a los Pueblos Indígenas al sistema de mercado y del mismo modo allí anuncie los pasos del cual eventualmente transitarían los integrantes de ENAMA, en vista que pocas veces un gobierno de turno se había comprometido concentrar sus esfuerzos económicos a un grupo bien acotado, en ese mismo artículo afirmaba que ningún gobierno trabajaría gratuitamente y las consecuencias podrían resultar preocupante para el presente y el futuro del Pueblo Mapuche.        
             Varias personas Mapuche son los que tomaron la iniciativa con el Recurso de Protección e intentan de frenar a  este grupo que convergen en ENAMA entre los que recurren se encuentra Juan Mario Mila Mllalen, por la Asociación Mapuche de la Comuna de Loncoche; José Santos Millao Palacios y Miguel Segundo Catrilaf Millanao por la organización ADMAPU; Víctor Fernando Marilao Mariqueo Lonko de la Comunidad Juan Quintremil de Wichawe  entre otros y  el que escribe este artículo por  el Consejo de Todas las Tierras. Con el Recurso no se pretende que los Tribunales determinen el derecho a la tierra de los Mapuche, sino, manifestar de manera absoluta la desaprobación de la Ley Araucanía  e identificar a sus responsables.   
            Pocas veces había aparecido un grupo de personas Mapuche dispuestos a “Renunciar al Derecho a la Tierra por un Bono Compensatorio”, el asunto radica en que cuya iniciativa lo presentan como una posición de la Región en el Proyecto Ley Araucanía. Si este grupo se limitará a manifestar que los integrantes de ENAMA, entre ellos Pedro Cayuqueo, Hugo Antonio Alcaman y Richard Caifal a título personal están dispuestos a renunciar al derecho a la tierra, no habría inconveniente alguno, pero su posición compromete a la presente y futuras generaciones Mapuche sobre el derecho a la tierra.
            ¿Es nuevo que este grupo haya renunciado al derecho a la tierra?, sencillamente no, Hugo Alcamán ya había renunciado al derecho a la tierra con antelación y especialmente alrededor de la construcción al aeropuerto de Quepe en la IX región, sobre este hecho los antecedentes sobran para cualquier lector y han sido aportado por las propias comunidades Mapuche afectadas por el Aeropuerto de Quepe. En esta misma dirección Pedro Cesar Cayuqueo en su periódico denominado Mapuche Times, escribía un artículo haciendo notar las dificultades de la consultas con las comunidades residente o vecinas del aeropuerto Quepe, pero terminaba destacando que el actual aeropuerto de Maquewe resultaba pequeño para el crecimiento de la región, bajo este argumento se llevó a cabo la Pacificación de la Araucanía, la materialización de la línea férrea, Ruta 5 sur, Aeropuerto de Maquewe entre otros. A partir de estos hechos y no únicamente del Proyecto Ley Araucanía se pone de manifiesto que no todos los Mapuche están en los mismos propósitos e intereses políticos y económicos.
            Renunciar al Derecho a la Tierra por un Bono Compensatorio, resulta inexplicable y a la vez sencillamente estar dispuesto a despojarse de todos los derechos y asuntos que se relacionan con la tierra, desde los aspecto materiales y los derechos patrimoniales que se derivan, así como los derechos intangibles como es el idioma, la espiritualidad, la medicina y la propia identidad, teniendo en cuenta que en la cultura Mapuche la identidad individual, familiar y colectiva  se sustenta en el Tuwun y Kupalme determinado por el Ad-Moguen, Nor Moguen y AdMapu. Pero también se renuncia a los Tratados/Parlamentos que nos legaron nuestros sabios y valientes antepasados Mapuche, son pocos Pueblos Indígenas en América Latina, excepto lo que se encuentran bajo la jurisdicción estatal de Canadá y Estados Unidos, los que con orgullo pueden afirmar que los actos efectuados por sus antepasados en las relaciones coloniales y los estados nacionales, estaban basados en el principio de la autodeterminación, la soberanía,  la libertad y de su capacidad de celebrar acuerdos y contraer obligaciones, por tanto, el derecho internacional, en el artículo 37 de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, lo han reconocidos y como tal, le han dado plena y absoluta vigencia, sin embargo, un grupo de personas se toman la libertad de renunciar a ella, sobre un derecho que afecta a la futura generación Mapuche.          

      Nadie se podría haber imaginado que, a raíz de la muerte del matrimonio Luchsinger Mackay, un grupo de persona de origen Mapuche terminaría planteando la Renuncia al Derecho a la  Tierra por un Bono Compensatorio. Fue de tal dimensión la muerte del matrimonio que el presidente de la República Sebastián Piñera el día 30 de enero 2013, con la participación de casi de la totalidad de los parlamentarios de la región anunció formalmente que enviaría tres proyectos de ley, uno de ellos y de manera exclusiva sería el Proyecto de Ley Araucanía. Con el objeto de apaciguar los ánimos el ejecutivo realizo una seguidilla de reuniones, el día 15 de marzo los Ministros de la Secretaria de la Presidencia y el Ministerio de Desarrollo Social, se reunieron en la ciudad de Temuco y el día 02 de abril 2013, nuevamente los Ministros de la Secretaría de la Presidencia y el Ministro de Desarrollo Social se reunieron en el Congreso Nacional en la ciudad de Valparaíso, con los parlamentarios de la región y finalmente el día 11 de julio más de un medio centenar de personas entregaron al presidente de la República Sebastián Piñera, la propuesta Ley Araucanía. Pero nadie habría pensado que la conclusión sería una “Ley Especial que determine que los Jefes de Familias Mapuche que trabajen la tierra, que esperan la entrega de tierras y que su familia se COMPROMETAN A RENUNCIAR a la entrega de tierras por CONADI, a recibir un Bono Compensatorio equivalente al valor de la tierra no recibida. Se estima beneficiar a unos 10.000 Jefes de Hogar a un costo aproximado de 2.000 millones de dólares
   El asunto de tierras ha tenido muchas complejidades para su tratamiento y reconocimiento como derecho y especialmente como derecho humano. En ese sentido el derecho internacional aborda y cautelas algunas cuestiones de carácter fundamentales sobre el asunto de tierra. Debo afirmar con toda la fuerza en mi calidad de co-legislador del derecho internacional, convenido en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Luego que dedicara dos décadas de mi vida en el trabajo de la diplomacia indígena, del Lobby Internacional de la incidencia acordamos el artículo 28.- “Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa y equitativa por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado”.
   Sobre el artículo 28.- en ningún caso cabe la idea de un bono, sino, una indemnización justa y equitativa. Lo que implica que una institución propiamente indígena, o un sistema de gobierno que se haya dado los indígenas o un Pueblo Indígena como titular de este derecho tendría el derecho de establecer los estándares para la indemnización justa y equitativa, pero en ningún caso, CorParaucanía, ni Fundación AITUE, ni un grupo como ENAMA, este último nace al amparo y patrocinio de un gobierno, contraviniendo con sus actos todos los principio de la autodeterminación.
   Cabe la indemnización, en la medida que las circunstancias impidan la restitución y la reparación como primera medida. Pero en ningún caso un bono por la renuncia al derecho a la tierra. Este propósito contenido en el Proyecto de Ley Araucanía es completa y absolutamente contrario a todas las normas de derechos humanos de última generación que los Pueblos Indígenas han alcanzado en la lucha internacional.
  Un proyecto con similares características solo había tenido vigencia durante la dictadura militar del general Augusto Pinochet, mediante el Decreto de Ley 2568 que establecía “al momento de dividirse las tierras dejan de ser indígenas las tierras y sus ocupantes”. Cuya norma jurídica es una de la causante de los reclamos de tierras en la actualidad, por tanto, el Proyecto Ley Araucanía y sus conclusiones representa una amenaza al derecho a la tierra del Pueblo Mapuche.
El Estado Chileno con la aplicación de normas represivas, especialmente la Ley Antiterrorista y la militarización ha desplegado sus esfuerzos para hacer renunciar a los Mapuche en la lucha por la tierra y la autodeterminación y no necesita un compromiso tan férreo de parte de ENAMA que, lamentablemente se han convertidos en los parientes pobres de los Empresarios de la IX región, y como tales peregrinan por las dependencias de los sectores privados y por cada gobierno de turno y con seguridad se estarán preparando para presentarse en el gobierno venidero.
No causa mayor preocupación que CorpAraucanía se proponga como meta política hacer Renunciar a los Mapuche sobre el derecho a la Tierra por un Bono, porque ellos todos los días están realizando transacciones económicas sobre el patrimonio territorial que le pertenece al Pueblo Mapuche, pero que fueron despojados de él y en este orden el derecho internacional es muy claro la declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas estipula “las tierras, territorios y sus recursos que fueron tomado, confiscado y ocupado sin su consentimiento previo, libre e informado”. Este articulo lo convenimos y lo adoptamos como norma de derecho internacional, porque los territorio de los Pueblos Indígenas fueron tomado, ocupado y confiscado mediante actos coercitivos contrario al respeto a los derechos humanos, y aquí cabe perfectamente los actos cometidos por la Pacificación de la Araucanía.
Derechamente tampoco genera preocupación las intenciones del Intendente de la IX región Andrés Molina Magofke en cuanto pretender que los Mapuche renuncien al derecho a la Tierra por un Bono Compensatorio, sencillamente porque el Intendente es uno de los propietarios de la Empresa Bosque Cautín y esta empresa forestal tiene más que un centenar de reclamos de tierras de parte de las comunidades Mapuche de la provincias de Malleco y Cautín. Sinceramente faltaría espacio en este artículo para enumerar cada reivindicación de tierra por parte de las comunidades Mapuche. A este respecto, el senador Alberto Espina había anunciado en reiteradas oportunidades que el gobierno de Sebastián Piñera efectuaría un acto de Estado de carácter singular, restituyendo las tierras Mapuche que estaban reconocidas en los títulos de Merced, pero que ahora estaban bajo el dominio de personas no Mapuche. Esta valiosa iniciativa que proponía el Senador Alberto Espina fue mutilada por el propio intendente de la IX región, a raíz de los traslape de títulos de dominios que proviene de los títulos de Merced con los predios de Bosque Cautín entre otras empresas forestales.
El derecho a la tierra en el caso de los Pueblos Indígenas, se le ha atribuido el carácter de inembargable, imprescriptible, inalienable, por lo mismo, resulta completamente fuera lugar que un grupo de personas de origen Mapuche, manifiesten todo lo contrario, porque no solo renuncian al derecho la tierra, sino, a los derechos humamos y a partir de esta manifestación quebrantan toda la lucha que se ha mantenido de parte de los valientes, sabios y heroicos Mapuche.
 
  

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