lunes, 13 de febrero de 2017
Repudiamos el desalojo y la represión violenta en la comunidad mapuche Lof Cushamen
Declaración desde Chile en Solidaridad con la Lof en
Resistencia “Cushamen”
Las
Organizaciones y Personas que suscribimos la presente Declaración expresamos
nuestro más enérgico rechazo por la Represión Policial y Judicial ejercida en
días recientes de este Mes de Enero contra la Comunidad Mapuche (Lof) en
Resistencia “Cushamen”, ubicada en la Provincia de Chubut (Argentina), la que
desde Marzo de 2015 lleva a cabo un Proceso de Recuperación de sus Tierras
Ancestrales, hoy usurpadas por la Empresa Transnacional “Benetton”.
Producto de
esta injustificada y desmedida Represión ejercida contra los miembros de dicha
Comunidad (entre los que se hallaban ancianos, mujeres y niños), hubo un saldo
de varios de ellos detenidos (algunos de los cuales aún no han sido liberados)
y de otros heridos de gravedad, por quienes queremos expresar nuestra
preocupación y exigir tanto su libertad inmediata (en el caso de los detenidos)
como su urgente atención médica con vistas a su pronta recuperación y una
investigación trasparente e independiente que identifique y sancione
ejemplarmente a los autores de sus heridas.
Recordamos
además al Gobierno Nacional de la República Argentina, así como al Gobierno
Provincial de Chubut, que el Estado Argentino es firmante del “Convenio 169
sobre Pueblos Indígenas y Tribales” de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) y de la “Declaración de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas” de la ONU, los
cuales establecen medidas y criterios claros basados en el diálogo, la consulta
y la negociación de buena fe a la hora de resolver diferencias que tengan que ver con los
derechos de estos pueblos, lo que claramente ambos están incumpliendo al
ordenar, permitir o avalar la actual Represión contra la Comunidad Mapuche (Lof) en Resistencia “Cushamen”.
Por último
hacemos extensiva nuestra solidaridad con todos los demás miembros de Pueblos
Indígenas residentes en nuestra hermana República Argentina que están luchando
por su Liberación Nacional y Social, por el Reconocimiento y Respeto de sus
Derechos Inalienables como Pueblos y por la Recuperación de su Identidad,
Cultura y Territorios Ancestrales.
Mesa de Unidad Por el Comunismo (integrada por las
siguientes organizaciones: Partido Revolucionario Marxista – Leninista de Chile
[PRML de Chile], Organización “Unidad Comunista” y Liberación Comunista)
Centro Cultural, Artístico y Deportivo “Villa Sur” de la
comuna de PAC (Región
Metropolitana)
Departamento de Idiomas del Colegio de Profesores de
Chile
Coordinadora Nacional de Profesores y Estudiantes de
Pedagogía
Afectados por la Reforma Educacional
Gloria Castillo Pinto, profesora jubilada de
Inglés y Linguística de la UMCE (ex Pedagógico), Representante del Curso de
Idioma y Cultura Mapuche organizado por
el Departamento de Idiomas del Colegio de Profesores de Chile
Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU)
Centro Mapuche de Estudio y Acción (Santiago,
Temuko, Kokimpu)
Asociación Indígena Urbana Mapu Ta Nüyün, comuna y
región de Kokimpu – Coquimbo
José Ñancucheo, Profesor de Idioma y Cultura
Mapuche en la Universidad de Chile y en el Depto. de Idiomas del Colegio de
Profesores de Chile
Asociación Mapuche “Katrürai” de la Región
Metropolitana
María Gracia Curilem, Médica Veterinaria en el
Territorio “Quepe - Pelales” de la
Región de la Araucanía
Centro Cultural y de Derechos Humanos “Salvador
Allende” de Puente Alto (Región Metropolitana)
Centro de Desarrollo
Social y Cultural “Malaquías Concha” de la comuna de La Granja (Región Metropolitana)
Colectivo “Amauta” (Refugiados e Inmigrantes
Peruanos Residentes en Chile)
Sindicato Interempresa “Luis Emilio Recabarren”
Congreso de los Pueblos de Colombia - Capítulo de
Chile.
Colectivo “Acción
Directa”
Centro de Padres y Apoderados del Liceo Municipal
“Enrique Backausse” de la comuna de PAC (Región Metropolitana)
Asoc.
Mutual de expresas y expresos políticos del Mir y la Resistencia Popular
Coordinadora
Nacional expresas y expresos políticos “Salvador Allende”.
La Asociación
de Defensores del Pueblo de la República Argentina expresa hoy su “enérgico
repudio a la represión que se llevo a cabo contra la comunidad mapuche Pu Lof
en Resistencia Cushamen, ubicada a 100 kilómetros de Esquel, Chubut, que
reclama la tenencia de tierras ancestrales. Lo que ocurre por estas horas en
Cushamen es la militarización del lugar y una sangrienta represión de toda una
comunidad, la que incluyó a hombres, mujeres y niñas y niños, heridos/as por
golpes, por balas de goma y de plomo, acusados de modo tan erróneo como
perverso de ser “terroristas”.
Días antes una
orden judicial dictada por el juez federal Guido Otranto, instruía liberar el
corte en las vías en donde transita el tren turístico La Trochita. La medida
judicial se efectivizó con 200 gendarmes quienes realizaron un operativo
cerrojo, clausurando todos los accesos a las tierras en las que está
establecida la comunidad Cushamen. Luego intervino la policía provincial
realizando allanamientos sin orden judicial según relatan miembros de la
comunidad. El operativo que incluyó golpes y lesiones a niños y niñas, debe ser
calificado como un acto de “violencia institucional” por lo desmesurado y por
haber sido efectuado con prácticas contrarias a la Ley y al derecho.
La gravedad de
la situación y la amenaza que se cierne sobre un sinnúmero de comunidades de
pueblos originarias que habitan en provincias patagónicas ricas en recursos
naturales y motiva un urgente pronunciamiento como instituciones defensoras de
Derechos Humanos.
La Defensoría
del Pueblo de Nación, a través de su Oficina de Derechos de Pueblos Indígenas,
se ofreció como facilitadora, actuando como garante u observadora en el
conflicto planteado en Chubut desde hace años. Sería indispensable retomar este
espacio y sumar el aporte de la Asociación de Defensores del Pueblo de la
República Argentina (ADRA), que cuenta con experiencias federales en resolución
alternativa de conflictos.
Recordemos que
la reforma de la Constitución Nacional del año 1994, reconoció la preexistencia
de los pueblos indígenas y estableció el reconocimiento del derecho de
propiedad comunitaria para las comunidades de pueblos indígenas. Por otra
parte, nuestro país adhirió voluntariamente al Convenio 169 de la Organización
Internacional del Trabajo, sobre pueblos indígenas y tribales, que establece,
entre otras cosas, que no deberá emplearse ninguna forma de fuerza o coerción
que viole los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos
originarios.
En el año
1992, por ley del Congreso, Nº 24.071, se aprobó el Convenio. Pero los tratados
internacionales tienen validez mediante dos actos, uno es la aprobación
legislativa, por el Congreso, y otro es la ratificación internacional por el
Estado, que realiza el Poder Ejecutivo. Esta ratificación demoró ocho años, se
hizo en el 2000 y por sus propias normas el Convenio comenzó a obligar a la
Argentina en el año 2001. Al ratificarse este Convenio, quedó en claro que el
deber de los Estados es el de reconocer la posesión y propiedad de las tierras
que tradicionalmente ocupan los pueblos indígenas.
¿Qué lugar
ocupa el convenio 169 entre las normas del Estado argentino? Desde 1994, la
Constitución Nacional dice que los tratados internacionales tienen jerarquía
superior a las leyes nacionales y además prevalecen sobre toda norma
provincial, inclusive sobre las constituciones provinciales.
Por otra
parte, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos
Indígenas, aprobada en 2007, afirma en su Artículo 10: “Los pueblos indígenas
no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se
procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de
los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una
indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del
regreso”. Dicha declaración también señala el respeto a la propiedad de sus
tierras y sus recursos.
Lamentablemente
y pese a todos estos instrumentos internacionales, hay cientos de miembros del
pueblo mapuche procesados por usurpación, desobediencia‖ y otros delitos que se
les imputan por defender las mismas tierras que todas las normas reconocen que
son suyas. Por estos motivos es imprescindible frenar la represión,
desmilitarizar el conflicto, liberar a los detenidos para poder encausar el
conflicto de modo pacífico y con el compromiso debido de un Estado que sabe que
la reparación a los pueblos originarios está pendiente.
Es inadmisible
que se elija el camino de la violencia, estigmatizando a una comunidad, avasallando
sus derechos consagrados. Es urgente promover un espacio de encuentro
multicultural que respete los nuevos escenarios jurídicos donde se puedan
expresar las diferencias culturales en un marco de respeto de los derechos
humanos y de los derechos que asisten a estos colectivos históricamente
oprimidos.
12 de Enero de
2017
Fuente: Prensa
Defensoría Avellaneda.
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